III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Subvenciones. (BOE-A-2023-26788)
Orden INT/1421/2023, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Ministerio del Interior para el periodo 2024-2026.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Sábado 30 de diciembre de 2023

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En este sentido y en cumplimiento a lo estipulado en las citadas normas, por Orden INT/1283/2020,
de 23 de diciembre, se aprobó el segundo Plan Estratégico de Subvenciones del Ministerio del
Interior para el periodo 2021-2023, que se ha perfilado como instrumento de planificación de las
políticas públicas desarrolladas en el ámbito de responsabilidad del Departamento, en el marco de
la política general diseñada por el Gobierno para la Administración General del Estado.
Por tanto, y para dar continuidad al requerimiento legal, se elabora el tercer Plan Estratégico de
Subvenciones del Ministerio del Interior para el período 2024-2026
3. NATURALEZA
El Plan Estratégico de subvenciones, no obstante, tiene carácter programático y su contenido no
crea derechos ni obligaciones ya que su efectividad quedará condicionada a la puesta en práctica
de las diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes a las disponibilidades
presupuestarias de cada ejercicio.
4. ÁMBITO TEMPORAL
De acuerdo con el artículo 11.4 del Reglamento de la LGS, los planes estratégicos contendrán
previsiones para un periodo de vigencia de tres años, salvo que, por la especial naturaleza del sector
afectado, sea conveniente establecer un plan estratégico de duración diferente.
Teniendo presente esta previsión reglamentaria, y no apreciándose una especial naturaleza en
sector económico y social afectado por la actividad subvencional del Ministerio del Interior, el PES
del Departamento tendrá una duración de tres años, para el periodo 2024-2026, sin perjuicio de las
modificaciones que pudieran realizarse en el mismo.
5. ÁMBITO SUBJETIVO



Promoción de las condiciones para el ejercicio de los derechos fundamentales, en particular
la libertad y seguridad personal, en los términos establecidos en la Constitución Española
y en las leyes que los desarrollen.



El mando superior y la dirección y coordinación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado.



Las competencias que le encomienda la legislación sobre seguridad privada.



El ejercicio de las competencias que le atribuye la legislación vigente en materia de
extranjería.




La administración y régimen de las instituciones penitenciarias.
La realización de las actuaciones necesarias para el desarrollo de los procesos electorales.

cve: BOE-A-2023-26788
Verificable en https://www.boe.es

De conformidad con el Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio del Interior, dentro del ámbito de competencias de la Administración
General del Estado, corresponde a este Departamento proponer y ejecutar, entre otras, las políticas
del Gobierno en materia de: