III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación. Código ético. (BOE-A-2023-26713)
Resolución de 23 de noviembre de 2023, de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la que se publica el Código Ético.
13 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Viernes 29 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 176945

la devolución sea imposible donará el bien a instituciones de carácter social o acordará
la destrucción del bien, quedando constancia escrita y gráfica de ello. Tampoco podrán
aceptar atenciones protocolarias o de cortesía tales como comidas, alojamientos y otros
gastos que por razón de su función en la Agencia se reciban en el ámbito de actos
públicos, visitas técnicas, congresos, seminarios, o similares. Cuando la asistencia se
requiera como presencia institucional en representación de la Agencia deberán obtener
previamente la autorización de la persona responsable de la División o, en su defecto, de
la Dirección de la Agencia.
h) Comunicar a la persona responsable de la División correspondiente o, en su
defecto, a la Dirección de la Agencia, cualquier irregularidad documental grave que se
detecte en los expedientes de las personas solicitantes en cualquiera de los
procedimientos de evaluación, a fin de que se inicien las actuaciones pertinentes.
i) Velar por la integridad y el prestigio de la institución y no realizar presentaciones
públicas en nombre de ANECA ni aceptar invitaciones de asistencia a cualquier tipo de
acto para hablar del programa de evaluación correspondiente o de su participación en el
mismo, sin la autorización previa de la persona de Dirección responsable de la comisión,
comité o actividad en el que haya participado.
Artículo 6.

Derechos de los miembros de las comisiones y los comités evaluadores.

Son derechos específicos de los miembros de las comisiones y los comités
evaluadores los siguientes:
a) Al más estricto respeto a su independencia de juicio en las decisiones que hayan
de adoptar en el ejercicio de sus competencias o tareas encomendadas, y a
salvaguardarla frente a posibles injerencias.
b) A la asistencia y apoyo técnico de la Agencia para el desempeño de sus
funciones, así como a recibir la formación adecuada para ello.
c) A tener información anticipada de los expedientes en los que hayan de intervenir
en las sesiones colegiadas.
d) A hacer constar sus discrepancias con las decisiones colegiadas emitiendo un
voto particular, que podrá ponerse en conocimiento del responsable de la División
correspondiente o, en su defecto, de la Dirección de la Agencia, para que pueda
efectuar, en su caso, las actuaciones que considere oportunas.
e) Al reconocimiento y certificación de su actividad de colaboración con ANECA.
f) A la protección de sus datos personales y de su intimidad en el uso de los
dispositivos digitales puestos a su disposición por ANECA.
Artículo 7. Derechos de las personas solicitantes en su relación con ANECA.

a) A ser evaluadas con objetividad, imparcialidad y rigor técnico, de acuerdo con los
mismos criterios y condiciones observados con las demás solicitantes del mismo tipo de
evaluación o acreditación, en su misma situación, de la misma área de conocimiento o
especialización científica y evaluadas por la misma comisión o comité, asegurando la
igualdad de oportunidades.
b) A ser informadas del estado de tramitación de su solicitud.
c) A recibir información y motivación suficiente de las razones que hayan podido
determinar propuestas negativas.
d) En caso de propuestas negativas, a recibir orientaciones suficientemente
motivadas sobre las carencias encontradas en el currículum o en la documentación
presentada, para que puedan ser mejoradas en posteriores solicitudes.
e) A que los datos que proporcionen y la información que les concierna se traten
con discreción, sin que de ellos puedan tener conocimiento personas ajenas a la

cve: BOE-A-2023-26713
Verificable en https://www.boe.es

Las personas solicitantes de todos los programas de evaluación y acreditación de
ANECA tienen derecho: