III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-26595)
Resolución de 29 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo de las empresas integradas en la unidad de negocio de Abertis Autopistas España (UNaAE).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Jueves 28 de diciembre de 2023

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cuando justifique debidamente las causas que impiden su incorporación en el plazo
máximo de 2 días naturales desde la recepción del llamamiento.
Si la persona fija-discontinua, llamada a trabajar, no se pudiese incorporar al trabajo
por hallarse en alguna de las situaciones justificadas antes mencionadas, tendrá derecho
a hacerlo en la siguiente llamada que se produjera de personal de su mismo grupo
profesional y puesto de trabajo y conforme a su número de escalafón en el censo de
fijos-discontinuos según periodo de prestación servicios acumulado. A tales efectos, la
persona trabajadora deberá comunicar al Departamento de Recursos Humanos la
finalización de tales circunstancias impeditivas y su disponibilidad para incorporarse al
trabajo en el siguiente llamamiento de personas de su mismo grupo profesional y puesto
que se realice.
La persona trabajadora que rechace la incorporación por estar prestando servicios en
otra empresa perderá su derecho a ser llamado en periodos sucesivos de actividad,
asimilándose dicha situación a la renuncia a su puesto de trabajo.
f) Las personas trabajadoras fijas-discontinuas finalizarán el periodo de actividad de
conformidad con las necesidades de la Empresa. Por otra parte, el período de
vacaciones devengado se calculará de manera proporcional al tiempo trabajado en el
año natural y se abonarán en la liquidación correspondiente.
g) Las personas trabajadoras fijas discontinuas podrán ser llamadas también con
«carácter adicional», teniendo en cuenta las exigencias del puesto de trabajo, la
aceptación por parte de la persona trabajadora será de carácter voluntario. Asimismo, en
el caso de que coincidan el contrato temporal con el periodo de prestación de servicios
como fijo discontinuo, deberá finalizar el contrato temporal, y ello no supondrá la pérdida
del llamamiento.
h) Las personas fijas-discontinuas podrán ejercer las acciones que procedan en
caso de incumplimientos relacionados con el llamamiento, iniciándose el plazo para ello
desde el momento de la falta de este o desde el momento en que la conociesen. No
obstante, lo anterior, en el transcurso de los diez días siguientes al vencimiento de dicho
plazo, la empresa podrá llevar a cabo el llamamiento aún fuera de plazo compensando
con un día de salario por cada día que transcurra sin que concurra el envío de la
notificación debiendo ser contestado por la persona trabajadora con los mismos efectos
expresados anteriormente. Pasados los diez días sin que se haya formulado el
llamamiento se entenderá el incumplimiento relacionado con el llamamiento y comenzará
el plazo para la acción por incumplimiento expresada al inicio del presente párrafo.
Asimismo, la empresa podrá optar por abonar a la persona trabajadora una
compensación económica de 900 euros brutos, en el supuesto de que permanezca dicha
persona un año natural sin llamamiento, supuesto citado en el que el trabajador no
perderá su derecho a ser llamado en el futuro y mantendrá viva su relación laboral.
Contrato a tiempo parcial.

El contrato de trabajo se entenderá celebrado a tiempo parcial cuando se haya
acordado la prestación de servicios durante un número de horas al día, a la semana, al
mes o al año, inferior al 92 % de la jornada completa.
El contrato a tiempo parcial podrá concertarse por tiempo indefinido o por duración
determinada en los supuestos en los que legalmente se permita la utilización de esta
modalidad de contratación.
El contrato a tiempo parcial se regirá por las siguientes reglas:
A. El contrato, se deberá formalizar necesariamente por escrito, en el modelo que
se establezca. En el contrato deberán figurar el número de horas ordinarias de trabajo al
día, a la semana, al mes o al año contratadas y su distribución.
B. Los trabajadores a tiempo parcial, temporales o indefinidos, podrán realizar
horas extraordinarias en los supuestos a que se refiere el artículo 35.3 del Estatuto de
los Trabajadores, tales como prevenir o reparar siniestros, accidentes u otras incidencias
que afecten a la vialidad y a la movilidad.

cve: BOE-A-2023-26595
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