III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-26595)
Resolución de 29 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo de las empresas integradas en la unidad de negocio de Abertis Autopistas España (UNaAE).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Jueves 28 de diciembre de 2023

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a cabo la solicitud del reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por
la experiencia laboral, según establece el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, o
normativa que lo desarrolle, para que el/la trabajador/a lleve a cabo la solicitud.
8. Las acciones de formación a cargo del fondo que se desarrollen en las empresas
deben ser sometidas a información de la representación legal de los trabajadores en los
términos y según el procedimiento establecido en el artículo 15 del Real
Decreto 694/2017. De conformidad con el citado artículo la empresa deberá aportar,
como mínimo, la siguiente información:
Denominación y descripción de las acciones que se vayan a desarrollar y objetivos.
Colectivos destinatarios y número de participantes por acciones.
Calendario previsto de ejecución. Medios pedagógicos.
Criterios de selección de los participantes.
Lugar previsto de impartición de las acciones formativas.
Balance de las acciones formativas desarrolladas en el ejercicio precedente.
Los representantes de los trabajadores deberán emitir informe en el plazo de 15 días
desde la recepción de la documentación anteriormente indicada.
Si surgieran discrepancias respecto al contenido de la o las acciones de formación,
se abrirá un plazo de 15 días a efectos de dilucidar las discrepancias entre la dirección
de la empresa y los representantes de los trabajadores.
Cuando la formación desarrollada en la empresa estuviese financiada, de
conformidad con el Real Decreto 694/2017 por el que se regula el subsistema de
formación profesional para el empleo, la ejecución de las acciones formativas y su
correspondiente bonificación sólo podrá iniciarse una vez hayan transcurrido los plazos
totales indicados anteriormente. Asimismo las acciones formativas podrán iniciarse
transcurridos 15 días desde la recepción por la representación legal de los trabajadores
de la documentación referida anteriormente, sin que dicha representación legal de los
trabajadores haya emitido el informe correspondiente.
En caso de desacuerdo, las discrepancias se examinarán por la Comisión
correspondiente con el fin de mediar sobre aquéllas.
En la aplicación del presente artículo se tendrá en cuenta el resto de cuestiones
establecidas en el artículo 15 del Real Decreto 694/2017 por el que se regula el
subsistema de formación profesional para el empleo.
Artículo 55.

Comisión de Formación.

– Analizar anualmente el desarrollo de las acciones formativas y proponer líneas de
mejora, especificando la clase y duración de las acciones formativas a llevar a cabo. En
relación con lo antes dicho, se podrán tratar las medidas a desarrollar para asegurar la
mejor eficacia e implementación de las acciones formativas.
– Ser informada de las solicitudes de permisos individuales de formación realizadas
en el centro de trabajo, así como de las resoluciones adoptadas respecto de las mismas
y, en su caso, de los motivos de desestimación.
– Establecer, en un plazo máximo de cinco meses después de la firma del convenio,
un protocolo que regule la solicitud, concesión, disfrute y resto de condiciones de los
permisos individuales de formación regulados en este artículo.
– Establecer mecanismos de reconocimiento que relacionen la formación realizada
con la promoción profesional de las personas en la empresa.

cve: BOE-A-2023-26595
Verificable en https://www.boe.es

Como instrumento de seguimiento y participación de los representantes de los
trabajadores se constituirá una Comisión de Formación. La representación de los
trabajadores estará compuesta por 5 miembros, que serán designados por y entre los
representantes de los sindicatos firmantes del presente convenio.
Sus funciones serán: