III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-26595)
Resolución de 29 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo de las empresas integradas en la unidad de negocio de Abertis Autopistas España (UNaAE).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Jueves 28 de diciembre de 2023

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La gratificación extraordinaria de diciembre se abonará proporcionalmente al % de
jornada contratada desde el 1 de Julio al 31 de diciembre del año en curso, y se abonará
en fecha máxima de 15 de diciembre.
25.5

Régimen económico.

Actualización de las remuneraciones.
– Retribuciones 2022:
Se establece un pago lineal de 1.300 euros brutos consolidable en salario convenio,
para todo el personal a tiempo completo y para todos los niveles salariales en cada
grupo profesional y un pago único no consolidable de 750 euros para todo el personal a
tiempo completo y para todos los niveles salariales en cada grupo profesional.
La percepción de los citados atrasos será siempre proporcional al período de
prestación de servicios y a la jornada realizada durante el ejercicio de 2022, cuyo abono,
si proceden, se realizará en el mes de septiembre de 2023.
Asimismo, los citados pagos se abonarán a las personas trabajadoras siempre y
cuando estuvieran de alta en alguna de las empresas integradas en la Unidad de
Negocio de Abertis Autopistas en el año 2022.
– Retribuciones 2023: incremento de las retribuciones 2022, según la siguiente fórmula:
80 % IPC del año 2022 (consolidable)
El incremento consolidable se aplicará sobre los siguientes conceptos: salario
convenio, complemento movilidad, plus festivo, plus nocturno, plus transporte, plus
peaje, plus pista, plus centro operaciones y seguridad vial, horas extras, horas extras
vialidad invernal, horas extras emergencia y plus de disponibilidad y vialidad invernal,
complemento ex convenio «ad personam», complemento «ad personam», antigüedad, y
plus experiencia.
Se procederá en el mes de septiembre 2023 a aplicar a los trabajadores/as los
incrementos 2023 y a abonar los correspondientes atrasos devengados desde el 1 de
enero 2023.
– Retribuciones 2024: incremento de las retribuciones 2023, según la siguiente fórmula:
80 % IPC del año 2023 (consolidable)

– Retribuciones 2025: incremento de las retribuciones 2024, según la siguiente fórmula:
85 % IPC del año 2024 (consolidable)
El incremento consolidable se aplicará sobre los siguientes conceptos: salario
convenio, complemento movilidad, plus festivo, plus nocturno, plus transporte, plus
peaje, plus pista, plus centro operaciones y seguridad vial, horas extras, horas extras
vialidad invernal, horas extras emergencia y plus de disponibilidad y vialidad invernal,

cve: BOE-A-2023-26595
Verificable en https://www.boe.es

El incremento consolidable se aplicará sobre los siguientes conceptos: salario
convenio, complemento movilidad, plus festivo, plus nocturno, plus transporte, plus
peaje, plus pista, plus centro operaciones y seguridad vial, horas extras, horas extras
vialidad invernal, horas extras emergencia y plus de disponibilidad y vialidad invernal,
complemento ex convenio «ad personam», complemento «ad personam», antigüedad, y
plus experiencia.
Se procederá en el mes de febrero 2024 a aplicar a los trabajadores/as los
incrementos pactados y a abonar los correspondientes atrasos devengados desde el 1
de enero 2024.