III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-26595)
Resolución de 29 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo de las empresas integradas en la unidad de negocio de Abertis Autopistas España (UNaAE).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Jueves 28 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 173391

19.12 Regulación jornada operadores Centro de Operaciones y Seguridad Vial
(COPSV), Coordinadores de turno (peaje), Soporte Técnico y Conservación Castellana.
Con carácter general a estos colectivos les serán de aplicación las condiciones
pactadas para peaje y mantenimiento y vialidad. No obstante, en atención a la
especificidad de su servicio, podrán acordarse regulaciones de jornada y vacaciones
distintas en cada ámbito geográfico.
19.13

Contenidos del calendario anual y del cuadrante mensual.

El calendario anual a entregar a cada trabajador/a antes del 30 de noviembre del año
anterior contendrá la información relativa a días de trabajo, días de descanso, festivos y
vacaciones, así como turno asignado y número de horas por día. En dicho calendario se
indicarán los días inamovibles y los días movibles conforme a lo establecido en los
apartados 19.4, 19.6 y 19.7.
El cuadrante mensual, a entregar a cada trabajador/a antes del 25 del mes anterior
contendrá, además de la información contenida en el calendario anual, el horario y
emplazamiento previsto para cada día.
Artículo 20.

Jornada de trabajo en la División Técnico-Administrativa.

Se da la siguiente nueva redacción al artículo 20:
«La jornada laboral será de 1768 horas anuales, contabilizada de 1 de enero
a 31 de diciembre.
Horario de presencia obligada:
– Lunes a jueves: 9:15 a 13:30.
– Viernes y periodos de jornada intensiva: 9:15 a 13:30.
– Lunes a jueves: 15:30 a 17:00.
Horario flexible:
– De 7:30 a 9:15.
– De 13:30 a 15:30 con un mínimo de 30 minutos para comer.
– De 17:00 a 20:00 (en periodos que se trabaje por la tarde).
Periodos de jornada intensiva:

Asimismo, el horario y la duración de jornada tanto en los períodos de jornada
intensiva como en relación con las vigilias será de 6 horas. Los viernes será de 5
h 30 minutos.
Para el caso del personal con hijos de hasta 14 años, el horario cerrado de
entrada podrá ser hasta las 9:30 tanto en el caso de jornada partida como en el de
jornada continuada sin perjuicio de que la jornada anual deba cumplirse
íntegramente.
En cada centro de trabajo de naturaleza técnico-administrativa, garantizando
en cualquier caso la correcta prestación del servicio y el horario de apertura al
público, se podrá ajustar anualmente el calendario específico y de presencia

cve: BOE-A-2023-26595
Verificable en https://www.boe.es

– Durante la semana en la que se encuentren incluidos el jueves y viernes
santo.
– Del 23 de junio al 30 de septiembre inclusive.
– Del 26 de diciembre al 7 de enero inclusive.
– En dicho periodo la flexibilidad horaria de entrada y salida se establece en
las franjas comprendidas de 7:30 horas hasta las 9:15 horas y desde las 13:30
horas hasta las 20:00 horas.