III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-26595)
Resolución de 29 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo de las empresas integradas en la unidad de negocio de Abertis Autopistas España (UNaAE).
100 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Jueves 28 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 173387

sin considerar días de vacaciones. Durante los meses en que el trabajador/a disfrute de
vacaciones los días máximos a trabajar serán los resultantes de considerar la proporción
respecto a un mes de 18 días. No se superarán los 5 días de trabajo continuado, excepto
en los casos de disponibilidad por emergencias o vialidad invernal conforme a lo
establecido en el artículo 19.9 del convenio.
El personal a tiempo parcial disfrutará de un mínimo de 14 fines de semana al año de
descanso, asignándose uno al mes como mínimo en cuadrante anual, a excepción de los
dos meses en que coincidan sus periodos de vacaciones. No se concederá más de un
fin de semana al mes, del 15 de junio al 30 de septiembre y, del 1 de diciembre al 15 de
enero. Asimismo, a los mencionados 14 fines de semana de descanso, se les añadirá un
día adicional de descanso, bien en viernes, bien en lunes, según se determine en cada
Gerencia, de modo que el descanso continuado sea de 3 días. Si el descanso adicional
se fija en viernes al trabajador/a no se le asignará turno de noche el jueves anterior, ni se
le asignará turno de noche en viernes cuando el descanso adicional se fije en lunes.
Adicionalmente, se establecerán en el calendario anual, 14 días laborables de
descanso fuera del período del 15 de junio al 30 de septiembre, debiéndose disfrutar
dichos descansos en grupos de dos días consecutivos, no fijándose en un mismo mes
más de un grupo de dos días de descanso ni fijándose en las semanas de 3 días de
descanso en fin de semana ni adjunto al mismo.
Los 14 fines de semana al año, así como los 14 días de descanso establecidos en el
calendario anual no podrán ser modificados por parte de la Gerencia, salvo acuerdo
expreso entre el trabajador y la Gerencia.
19.8

Vacaciones colectivos de Peaje y Mantenimiento.

La regulación de las vacaciones, salvo pacto en contrario entre empresa y
trabajador/a, será la que sigue:
Realizarán sus vacaciones anuales en 5 turnos rotativos, divididos cada uno de ellos,
en 2 períodos, distribuidos de la siguiente forma:
Periodos de verano largos: entre el 15 de junio y el 30 de septiembre.
Los períodos largos de vacaciones se establecen, para todos los cobradores/as y
operarios/as de mantenimiento y vialidad, en 20 días ininterrumpidos (2 de descanso
más 18 de vacaciones). El primer día del período largo de 20 días, nunca será antes
del 15 de junio y el último nunca será posterior al 30 de septiembre.
Periodos cortos resto del año:

Los períodos cortos de 12 días de vacaciones establecidos se relacionan con el
período largo 1-Navidad (20/12-31/12), período largo 2-Smna. Santa (viernes anterior al
domingo de Ramos- martes posterior al lunes de Pascua, pudiéndose iniciar el jueves
santo para adaptarse al calendario escolar), período largo 3-(a determinar en cada
Gerencia entre la Representación Empresarial y la Representación de los Trabajadores),
período largo 4-puente de la constitución (1/12-12/12), período largo 5-Reyes
(01/01-12/01).
Para las rotaciones de vacaciones se tomará el período largo como referencia,
resultando la progresión siguiente: año 1-período largo 1, año 2-período largo 4, año 3período largo 2, año 4-período largo 5 y año 5-período largo 3.
Con la finalidad de que todos los/las interesado/as conozcan la rotación y las fechas
de las vacaciones previstas, el día 1 de septiembre de cada año se expondrá en los
tablones de anuncios la progresión de las vacaciones vigentes para el ejercicio del año
siguiente.

cve: BOE-A-2023-26595
Verificable en https://www.boe.es

Asociados a los periodos largos de vacaciones, se disfrutará de un periodo corto de
vacaciones de 12 días, de conformidad con los siguientes criterios: