III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2023-26592)
Resolución de 20 de diciembre de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y el Gobierno de La Rioja, para el cumplimiento de las penas de trabajos en beneficio de la comunidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 28 de diciembre de 2023

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Séptima. Seguimiento y control del cumplimiento de la pena.
1. Durante el cumplimiento de la condena la persona penada deberá seguir las
instrucciones recibidas de la Autoridad Judicial competente y de los Servicios de Gestión
de Penas y Medidas Alternativas de la Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias. En cuanto al desarrollo de las tareas a realizar, la persona penada deberá
seguir las directrices de la unidad en la que preste su tarea, en el ámbito de actuación y
competencias de la Consejería de Salud y Políticas Sociales.
2. La Consejería de Salud y Políticas Sociales informará a los Servicios de Gestión
de Penas y Medidas Alternativas de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias
de la actividad que vaya siendo desarrollada por la persona penada y de las incidencias
relevantes que se produzcan en el desenvolvimiento del plan de ejecución, para que por
dichos servicios se comunique lo oportuno a la Autoridad judicial competente.
En todo caso, deberá informarse de las siguientes incidencias:
a) Ausencias del trabajo o abandonos injustificados.
b) Rendimiento sensiblemente inferior al mínimo exigible.
c) Oposición o incumplimiento reiterado y manifiesto a las instrucciones del
responsable de la ocupación.
d) Cuando su conducta sea tal que el responsable de la actividad se negara a
mantenerle en la misma.
Igualmente, la Consejería de Salud y Políticas Sociales deberá informar a los
Servicios de Gestión de Penas y Medidas Alternativas de la Secretaría General de
Instituciones Penitenciarias sobre la finalización del plan de ejecución.
Octava. Confidencialidad y protección de datos.
1. La Consejería de Salud y Políticas Sociales se compromete a mantener en
secreto todos los datos e informaciones facilitados por la Secretaría General de
Instituciones Penitenciarias y que sean concernientes a la ejecución del objeto del
presente convenio. En particular, será considerado como información confidencial todos
los datos relativos a la persona penada, debiendo la Consejería de Salud y Políticas
Sociales mantener dicha información en reserva y secreto y no revelarla de ninguna
forma, en todo o en parte, a ninguna persona física o jurídica que no sea parte del
presente convenio.
2. Las partes se obligan al cumplimiento de lo previsto en la normativa vigente en
materia de protección de datos, en concreto, a lo dispuesto en la Ley Orgánica 7/2021,
de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención,
detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de
sanciones penales, y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales y en el Reglamento General de
Protección de Datos en lo que resulten de aplicación.
A estos efectos, las entidades firmantes del convenio tendrán la consideración de
responsables de los tratamientos propios en los que se incorporen datos de carácter
personal respectivamente recabados en el ámbito del trabajo en beneficio de la
comunidad. El acceso a los datos por parte de una de las entidades al tratamiento de la
otra parte, se realizará con la condición de encargado de tratamiento, única y
exclusivamente con la finalidad derivada de la realización de las actividades objeto del
convenio. Los datos de carácter personal no serán cedidos ni comunicados a terceros,
salvo cuando se cedan a encargados de tratamiento legitimados o cuando se cedan a
otras Administraciones Públicas conforme a lo previsto legalmente.
3. En relación con los datos personales necesarios para el cumplimiento del objeto
del presente convenio, actuarán como responsables del tratamiento la Secretaría
General de Instituciones Penitenciarias y la Consejería de Salud y Políticas Sociales. Los
datos objeto de tratamiento tendrán por finalidad la ejecución de sanciones penales que,

cve: BOE-A-2023-26592
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Núm. 310