III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-26605)
Resolución de 20 de diciembre de 2023, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Construcción de los atraques 34C-34D-34E del muelle de la energía del Puerto de Barcelona".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Jueves 28 de diciembre de 2023

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operativa de 18,5 m y mantener un calado de seguridad en la zona de atraque, así como
en el canal de navegación, se hará un dragado hasta la cota –20 m.
– Materialización de los atraques mediante instalación de cajones prefabricados de
hormigón armado, que irán cimentados a una profundidad de –18,5 m en el caso de las
plataformas de operación y de –11 m en el caso de los duques de alba, y coronados en
ambos casos a la cota +4,00 m mediante la correspondiente superestructura.
– El acceso a los atraques se materializará mediante mota de todo uno, con
coronación de 21 m de ancho, suficiente para ubicar tanto el vial de acceso (10 m) como
el foso para paso de tuberías (11 m). La coronación de las motas de acceso se sitúa a
+4,00 m para dar continuidad entre el muelle de la Energía y las plataformas de atraque.
A partir de la cubicación en modelo 3D de las superficies de diseño para el cajeado
de banquetas, se prevé un volumen de dragado de 1.496.999 m3, de los cuales 434.295
m3 corresponderían al atraque 34C, 504.571 m3 al 34D y 558.133 m3 al 34E.
Además del dragado, también se prevé la aportación de material continental (todouno, gravas, escolleras de diferentes toneladas, cajones de hormigón, etc.) para la
formación de los atraques. En total se prevé la incorporación de casi 1.000.000 m3 de
material granular y un total de veinticinco cajones de hormigón.
El documento ambiental incorpora un análisis de las canteras disponibles para la
disposición del material necesario para la ejecución de las obras que no pueda ser
cubierto por los acopios existentes actualmente en el Puerto o por la reutilización de
escolleras. Se seleccionan las canteras que pudieran proveer con los materiales
adecuados para las obras según el catastro minero del MITMA, con preferencia de las
que pertenecen a la provincia de Barcelona ubicadas a menos de sesenta km del puerto
por vías rodadas.
Capitanía Marítima de la Dirección General de la Marina Mercante del MITMA recoge
una serie de recomendaciones para la fase de obras y de funcionamiento, así como
otras relacionadas con la seguridad marítima, que han sido contestadas y aceptadas por
el promotor en escrito de 26 de julio de 2022.
b.

Ubicación del proyecto:

– ZEPA y LIC del Delta del Llobregat (ES0000146), aproximadamente a 3,5 km de la
zona de estudio, separado por los diques de abrigo y el encauzamiento del río. También
incluido en el Plan de Espacios de Interés Natural de Cataluña (PEIN). En este espacio
se pueden identificar varias zonas húmedas de extensiones muy variadas. Las más
importantes por su tamaño y valor ecológico son: la zona húmeda de El RemolarFilipines; el Estany de la Ricarda-Estany de la Magarola y la zona de Ca l’Arana i Cal Tet.

cve: BOE-A-2023-26605
Verificable en https://www.boe.es

Las actuaciones se desarrollan en el ámbito de la demarcación marina LevantinoBalear, en el interior del actual puerto de Barcelona; encajado entre la desembocadura
del río Llobregat y el barrio de La Barceloneta, posee aguas fuertemente influenciadas
por los aportes del río y la descarga de los aliviaderos del sistema de saneamiento de la
ciudad. Estos aportes provocan importantes alteraciones en las características
fisicoquímicas de las aguas portuarias (reducciones en la salinidad, aumento de
nutrientes, presencia de contaminantes orgánicos y metales pesados, etc.). Por tanto, la
zona de ejecución del proyecto es una zona fuertemente antropizada, de ámbito
portuario e industrial, alejada del entorno urbano y de cualquier espacio natural.
En el área de estudio, se localizan los acuíferos protegidos, superficial
(código 405A14) y profundo (405A21) denominados «Acuíferos de la Vall Baixa y Delta
del Llobregat», según el Decreto 328/1988, de 11 de octubre, por el que se establecen
normas de protección en materia de procedimientos relacionados con distintos acuíferos
de Cataluña, cuya principal problemática es la intrusión de agua marina.
En cuanto a los espacios de la Red Natura 2000, en el entorno del área de actuación
hay designados los siguientes espacios: