III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2023-26626)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Universidad de Alcalá y la Comunidad Autónoma de Cantabria, para la realización de un curso de incapacidad temporal para médicos asistenciales en la modalidad on-line.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Jueves 28 de diciembre de 2023
Cuarta.

Sec. III. Pág. 173927

Compromiso de las partes en la actividad formativa.

A. La UAH se compromete al desarrollo de las siguientes actuaciones en la acción
formativa:
1. La gestión y dirección académica del curso. La dirección académica del curso se
realizará en coordinación con el INSS.
2. La matriculación de alumnos en la aplicación informática de la UAH y la custodia
de expedientes de alumnos.
3. Remisión a las Comunidades Autónomas e INGESA de la relación de alumnos
matriculados en cada una de las ediciones del curso.
4. La organización y evaluación del curso, emitiendo un informe a partir de la
extracción sistematizada de datos de participación, rendimiento y satisfacción de los
alumnos con el curso. Además, se emitirá un informe de rendimiento final para el INSS
con la calificación de apto o no apto.
5. El desarrollo de pruebas de competencia de los alumnos.
6. La emisión de facturas y envío de estas a las Comunidades Autónomas e
INGESA, una vez finalizada cada una de las ediciones del curso y una vez expedidas las
actas de calificación de los alumnos.
7. La expedición y registro del Certificado de Formación en Incapacidad Temporal
para Médicos Asistenciales, de aquellos alumnos que hayan superado el curso, previo
abono por las comunidades autónomas e INGESA de la factura correspondiente a cada
una de las ediciones del curso.
B. El INSS se compromete al desarrollo de las siguientes actuaciones en la acción
formativa:
1. Coordinación entre las partes.
2. Dirección académica del curso en coordinación con la UAH.
3. Comunicación a las Comunidades Autónomas e INGESA del número de plazas
asignadas en cada edición para la realización del curso.
4. Tutorización especializada en el área de evaluación médica de la incapacidad
temporal.
5. Realización de un seguimiento de los datos de participación y rendimiento que le
aporte la UAH.
6. Recopilación de los resultados finales informados por la UAH con la calificación
del rendimiento de cada alumno como apto o no apto.

1. La difusión del curso y comunicación a la UAH de la relación de médicos
asistenciales propuestos para la participación en la acción formativa como alumnos, con
indicación de los siguientes datos: nombre y apellidos, DNI, dirección postal y electrónica
de comunicación (ambas oficiales) y Centro de Salud donde prestan servicio.
El listado de alumnos propuestos por las Comunidades Autónomas e INGESA podrá
exceder del número de alumnos inicialmente asignados.
2. La Consejería de Sanidad/Salud de las Comunidades Autónomas o INGESA
asumirán el abono de las facturas emitidas y enviadas por la UAH una vez finalizada
cada una de las ediciones del curso. Las facturas recogerán los siguientes conceptos:
– Coste del curso: 250 euros por alumno.
– Coste por expedición y registro del certificado de los alumnos que hayan superado
el curso: 60,62 euros por alumno.
– Envío del certificado al domicilio de los alumnos que hayan superado el curso: 20
euros por alumno.

cve: BOE-A-2023-26626
Verificable en https://www.boe.es

C. La Comunidad Autónoma de Cantabria, a través de la Fundación Marqués de
Valdecilla, se compromete al desarrollo de las siguientes actuaciones en la acción formativa: