III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-26599)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XVII Convenio colectivo de Schweppes, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Jueves 28 de diciembre de 2023
1.4

Sec. III. Pág. 173661

Pago del complemento y ayuda de pago periódico.

1.4.1 El pago de las asignaciones periódicas será por cuenta y cargo de
Schweppes, SA, que lo realizará en fecha y forma de los haberes mensuales.
II. Ayuda de pago único
Una asignación al contraer matrimonio de (i) 936,97 euros brutos para 2023 y (ii)
969,76 brutos en 2024.
Una asignación por el nacimiento o adopción de cada hijo/hija de 374,42 euros
brutos para 2023 y (ii) 387,52 euros brutos en 2024.
2.1

Beneficiarios.

2.1.1 Tendrán derecho a las asignaciones familiares de pago único, todos los
trabajadores y trabajadoras de Schweppes, SA, sin distinción o exclusión por ninguna
causa o motivo, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en la presente
Norma.
2.2

Unicidad.

2.2.1 La asignación de pago único por nupcialidad se percibirá sólo una vez. En el
supuesto de que en ambos trabajadores concurran las circunstancias necesarias para
tener la condición de beneficiarios de la citada asignación, el derecho de percibirlo
solamente será reconocido en favor de uno de ellos.
2.2.2 En el supuesto de que en ambos trabajadores concurran las circunstancias
necesarias para tener la condición de beneficiarios de la asignación por nacimiento o
adopción de hijo/hija, el derecho de percibirlo solamente será reconocido en favor de uno
de ellos.
2.3
2.3.1

Incompatibilidades.
Las percepciones de pago único serán incompatibles:

Con las situaciones de excedencia o baja en la Empresa, sea cual fuere la causa que
lo motive. A este efecto será considerada baja, el plazo de preaviso establecido por las
leyes vigentes para los ceses.
2.4

Condiciones que dan derecho a las ayudas.

2.4.1 El reconocimiento del hecho causante por parte de los Organismos o
Autoridades competentes.
2.4.2 Tener acreditada una antigüedad en la Empresa de trescientos sesenta días,
inmediatamente anteriores al hecho causante.
Reconocimiento del derecho.

2.5.1 El reconocimiento del derecho a las asignaciones de pago único corresponde
en todos los casos a Schweppes, SA, a través del Departamento de Personas y Cultura,
el cual tomará como base primaria pero no vinculante, el Libro de Familia o documento
análogo legalmente establecido y reconocido por los Organismos o Autoridades
competentes.
2.5.2 Contra las resoluciones dictadas por el Departamento de Personas y Cultura
cabrá recurso ante la Dirección de Personas y Cultura, mediante escrito razonado de sus
pretensiones.
i. En el plazo de quince días naturales desde la presentación del recurso, la
Dirección de Personas y Cultura de Schweppes, SA, dará por escrito su resolución,
contra la cual no cabrá recurso alguno en el ámbito de la Empresa.

cve: BOE-A-2023-26599
Verificable en https://www.boe.es

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