III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-26599)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XVII Convenio colectivo de Schweppes, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Jueves 28 de diciembre de 2023
9.

Sec. III. Pág. 173668

Gastos a justificar

Los trabajadores y las trabajadoras de la Compañía que, no percibiendo el
reembolso de gastos y la dieta completa anteriores, por razones de trabajo incurra en
gastos de viajes o invitaciones debidamente autorizadas, las justificará en nota de gastos
acompañando los recibos, facturas o comprobantes correspondientes con las
aclaraciones que sean necesarias.
10.

Excepciones

Si con ocasión de cursos, convenciones o reuniones de trabajo, la compañía pagara
los gastos que pretenden cubrirse con los conceptos de gastos de comida y dieta
completa, no se devengarán cantidades por estos conceptos.
ANEXO XVI
Representantes de comercio
1.

Contratación

Se acuerda fijar un límite de contratación mediante esta relación laboral especial de
Representantes de Comercio en los siguientes términos:
a)
b)

Recuperación de rutas de distribuidores venta (indirecto), sin límite.
Sustitución rutas propias en directo: Se acuerda no superar la cifra de 110.

Representantes de Comercio en un plazo de cuatro años, correspondiendo
aproximadamente al 30 % de la fuerza de ventas a la fecha de la firma del acuerdo.
2.

Retribuciones

Para el nacimiento del derecho a las percepciones salariales previstas para este
colectivo y recogidas en los anexos I y II-Rep. Comercio, se tendrán en consideración las
siguientes circunstancias:
a) La percepción salarial correspondiente al 1.er año se devengará durante un año
efectivo de trabajo desde el primer día.
b) Para la obtención de la percepción salarial correspondiente al 2.º año, se
considerarán como tales los años efectivos.
A partir del primer día del tercer año de antigüedad, el Contrato de Trabajo de los
Representantes de Comercio se transformará en uno de naturaleza ordinaria, como
vendedor de directo, y con coeficiente salarial «130 Comercial», siempre y cuando las
necesidades organizativas y de negocio de la compañía lo requieran.
a)

Comisiones fijas anuales.

b)

Incentivos.

Los incentivos por cumplimiento de objetivos para 2023 se abonarán mensualmente
en base 100, de acuerdo con la tabla de «Incentivos anuales por cumplimiento de
objetivos en base 100 %», anexo I-Rep. Comercio.
Se realizará una regularización cuatrimestral por cumplimiento de objetivos en
base 100; manteniendo una regularización anual de acuerdo a la «Tabla de incentivos
por consecución de programa», que se incluye como anexo II-Rep. Comercio, con la
consecución porcentual de objetivos en los tramos comprendidos en dicha tabla.

cve: BOE-A-2023-26599
Verificable en https://www.boe.es

Se acuerda el establecimiento de una «tabla de comisiones fijas anuales» para 2023
que se incluye como anexo I-Rep. Comercio.