III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-26597)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Sonae Arauco España-Soluciones de Madera, SL, para los centros de trabajo de Linares y Valladolid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Jueves 28 de diciembre de 2023

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3. La Empresa asignará anualmente a la Junta de Actividades Sociales las
siguientes cantidades:
i)

Para el año 2021:

– Aportación por Centro: 1.831,41 euros/año.
– Aportación por Persona: 29,39 euros/año (Que figure en nómina de cada Centro el
día 1 de enero de 2021).
ii)

Para el año 2022:

– Aportación por Centro: 1.888,18 euros/año.
– Aportación por Persona: 30,30 euros/año (Que figure en nómina de cada Centro el
día 1 de enero de 2022).
4. La Junta de Actividades Sociales confeccionará anualmente un programa de
actividades.
Artículo 59.º

Comedor.

La aportación de los trabajadores para el Comedor será la siguiente (aportando la
Empresa el resto):

Mínimo por comida.

2021

Euros

2022

Euros

0,97

1,00

La aportación podrá incrementarse en el Centro que así lo decida.
Artículo 60.º Fondo de Enfermedad y Accidentes.
Se establece una prestación económica para los trabajadores que se encuentren en
los supuestos de Incapacidad Temporal por razón de enfermedad o accidente,
complementaria a las prestaciones de la Seguridad Social, de acuerdo con el
Reglamento establecido al efecto, que figura en el anexo 5.
La aplicación de este régimen requerirá el acogimiento individual y voluntario de cada
trabajador al mismo.
Artículo 61.º

Becas.

Artículo 62.º

Plan de Pensiones.

La sociedad «Sonae Arauco España-Soluciones de Madera, SL» tiene establecido
un Plan de Pensiones Sistema de Empleo para toda la plantilla con una antigüedad de al
menos dos años, que se rige por las Especificaciones aprobadas, en cada momento, por
su Comisión de Control, que se dan por íntegramente transcritas en este convenio a
todos los efectos legales, habiéndose entregado a los trabajadores un ejemplar de las
mismas.

cve: BOE-A-2023-26597
Verificable en https://www.boe.es

La Empresa concederá, con carácter anual, 16 Becas para cursar estudios de ESO,
Bachillerato, Enseñanza Técnica Profesional y 3 Becas para cursar Estudios
Universitarios, a los hijos/as del personal.
La concesión de las mismas se rige por el Reglamento correspondiente, que figura
en el anexo 6.
La Representación de los Trabajadores de cada Centro tendrá conocimiento de la
puntuación asignada a cada solicitante de las becas e igualmente conocimiento de la
adjudicación de las mismas.