III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-26596)
Resolución de 12 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la modificación del I Convenio colectivo de las Unidades Globales de Telefónica en España.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 28 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 173472

Telefónica Global Solutions, SLU (TGS):
– Acuerdo sobre el régimen de disponibilidades, turnos y trabajos especiales entre el
comité de empresa y TIWS II, SL, de fecha 11 de marzo de 2020.
– Las personas trabajadoras de TGS pertenecientes a algunas gerencias de las
áreas «Customer operations & technology», «Digitalizacion & customer experience» y
«Network & satellite operations» que, a fecha de firma del convenio colectivo, tenían
reconocida como medida adoptada para mejorar el clima laboral el disfrute del día de su
cumpleaños como permiso retribuido, continuarán disfrutando de dicha medida durante
la vigencia del I Convenio colectivo para las Unidades Globales de Telefónica en España.
– La tarde del día 5 de enero de cada año será de libre disposición para todas las
personas trabajadoras de TGS.
– Las personas trabajadoras de TGS podrán acumular el permiso por cuidado de
lactante en 35 días laborables.
– TGS mantendrá el sistema de retribución flexible vigente a fecha de firma del
convenio colectivo.
– Las personas trabajadoras de TGS tendrán la posibilidad de solicitar una ayuda
económica por hijos. Existen dos tipos de ayuda, atendiendo a su edad:
● Ayuda Infantil: para menores con edades comprendidas entre los 0 y 5 años y que
consiste en un pago mensual de 36 euros brutos a través de nómina.
● Ayuda al Colegio: para menores con edades comprendidas entre los 6 y 17 años y
que consiste en un pago anual de 30 euros brutos a través de nómina.
Sobre estas ayudas se practicarán las deducciones legalmente establecidas en
materia de Seguridad Social e IRPF. Estas ayudas se solicitarán a través del buzón de
Pregúntanos personas, adjuntando el libro de familia.
– Las personas trabajadoras de TGS disfrutarán de un fondo social para gafas y
prótesis, en virtud del cual, la empresa subvencionará el 20 % del coste de aquéllas, con
el máximo de 90,15 euros anuales por unidad familiar.
– Las personas trabajadoras de TGS disfrutarán de un importe de 3,86 euros diarios,
no acumulables, para usar en las máquinas de vending.
Para las personas trabajadoras procedentes de Telefónica I+D subrogadas por el
artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores en Telefónica Innovación Digital, seguirán
rigiendo las siguientes condiciones durante la vigencia de este convenio colectivo:
– Gestión de viajes, de fecha 17 de julio de 2008.
– PDI Plan de Carrera. Descripción de puestos.
– Prácticas de empresa, en materia de jornada de trabajo, disponibilidad en el móvil
y atención de incidencias, reducción de jornada legal, periodo de maternidad y permiso
de paternidad.
– Condiciones generales Plan de Vacaciones 2020 (subvención de vacaciones).
– Seguro colectivo: Las personas trabajadoras de Telefónica I+D podrán adherirse a
la póliza de seguro colectivo que cubre los riesgos de fallecimiento, invalidez absoluta e
invalidez permanente parcial por accidente de las personas trabajadoras, siendo el
capital asegurado un importe equivalente a cuatro veces la retribución anual fija de la
persona trabajadora. A partir del puesto de expert (jefe) o superior, el coste de este
seguro colectivo es asumido por la empresa; para puestos inferiores, la persona
trabajadora asume el 50 % del coste.
– Subvención de formación: La cuantía de la subvención será de hasta un máximo
del 70 % de los costes que cumplan con los criterios establecidos, hasta un importe
máximo de 750 euros anuales por persona trabajadora para todas las formaciones,
excepto para el caso de formación en idiomas, cuyo límite anual será de 1.000 euros por
persona trabajadora.

cve: BOE-A-2023-26596
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 310