I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Medidas urgentes. (BOE-A-2023-26452)
Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 28 de diciembre de 2023

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medidas económicas y jurídicas, era requisito imprescindible para asegurar su
efectividad. Si tomamos como referencia el EURIBOR, que es el tipo de interés de mayor
uso en los préstamos hipotecarios a tipo variable, en el momento de la aprobación de
dicho real decreto-ley, había subido más de trescientos puntos básicos en apenas diez
meses, acercándose al 3 % tras haber permanecido seis años en terreno negativo. Dicho
ascenso ha continuado en el último año, situándose en noviembre de 2023 en
el 4,022 %, es decir 100 puntos básicos más que el año pasado.
Las dos medidas que se adoptan ahora tienen como finalidad facilitar que las familias
abaraten sus costes financieros, ahondando en lo ya aprobado en noviembre de 2022.
Ello se consigue, de un lado, ampliando la suspensión de comisiones por amortización o
reembolso anticipado durante un año, y, de otro lado, extendiendo la limitación existente
a las comisiones de reembolso para las amortizaciones subrogatorias y de novación por
cambios de tipo variable a tipo fijo inicial durante, al menos, los tres siguientes años. Así,
se dan más facilidades a las familias para amortizar anticipadamente su préstamo y
aliviar la cuota hipotecaria manteniendo el plazo o para amortiguar el pago total de
intereses reduciendo el plazo de amortización. En relación con el cambio de tipo variable
a tipo fijo inicial durante al menos los tres años siguientes, se alivia el coste del cambio a
este tipo en la misma medida que ya contemplaba la ley de contratos de crédito
inmobiliario, teniendo en cuenta que esta solución se está convirtiendo en una alternativa
ofertada por las entidades con relativa frecuencia en un contexto de elevados tipos de
interés que disminuye el atractivo a corto plazo de los tipos fijos para los deudores.
Los objetivos que se pretenden con la aprobación inmediata de estas medidas no
podrían conseguirse a través de la tramitación de un proyecto de ley por el
procedimiento de urgencia y, por tanto, está plenamente justificado el recurso al real
decreto-ley desde la perspectiva de la concurrencia de su presupuesto habilitante. Ello
es especialmente relevante para la suspensión del cobro de las compensaciones y
comisiones para los préstamos a tipo variable por amortización anticipada o paso a tipo
fijo, ya que esta finaliza el 31 de diciembre de 2023.
En relación con la medida establecida en el capítulo II, es urgente y necesario
modificar la legislación financiera para reforzar la protección de los más vulnerables,
teniendo en cuenta la importancia del efectivo - constituye el medio de pago más
utilizado para el 74 % de las transacciones de los mayores de 65 años- y las dificultades
que experimentan determinados colectivos para la retirada de efectivo en cajeros
automáticos, ya sea por dificultades de accesibilidad física o por la brecha digital En el
mismo sentido, se pronuncia el informe de seguimiento sobre la accesibilidad presencial
a los servicios bancarios en España de 2023 del Banco de España, que identifica como
vulnerables en términos de acceso al efectivo a determinados colectivos que se
caracterizan por presentar edades avanzadas y bajas capacidades digitales. Para estos
colectivos, la retirada de efectivo en ventanilla supone un servicio de pago básico, que es
urgente y necesario garantizar en un contexto de evolución tecnológica acelerada de los
servicios bancarios.
Si bien cabe señalar, a este respecto, el avance que supuso el Protocolo Estratégico
para Reforzar el Compromiso Social y Sostenible de la Banca, suscrito por las
principales asociaciones del sector en julio de 2021 y ampliado en febrero de 2022 para
garantizar la atención de los colectivos vulnerables, entre ellos el de los mayores de 65
años o personas con discapacidad, que incluye medidas como la prestación de servicios
en ventanilla a estos colectivos, incluyendo la retirada de efectivo, en un horario
ampliado, se pone de manifiesto que la utilización de los cajeros automáticos por la
clientela mayor o con necesidades especiales viene determinada a menudo por las
comisiones establecidas para el uso de la ventanilla. Así, muchas entidades aplican
comisiones más altas que las aplicables en cajero y otras entidades aplican una
determinada franquicia de 3, 4 o 5 operaciones gratuitas mensuales, a partir de la cual
las operaciones en ventanilla se cobran.
El cobro de comisiones por la retirada de efectivo en ventanilla continúa señalándose
por los principales representantes de los usuarios bancarios y de mayores como una de

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