I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Medidas urgentes. (BOE-A-2023-26452)
Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 28 de diciembre de 2023

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Todo esto ha supuesto que el plazo actual que permite la orden de bases y
convocatoria de 2022 sea muy constreñido para llevar a cabo sus proyectos y una
demora puede poner en riesgo la ejecución y el cumplimiento de hitos y objetivos
comprometidos en la Decisión de Ejecución del Consejo 13 de julio de 2021, relativa a la
aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España.
La disposición adicional segunda establece la ampliación de los plazos de ejecución
de determinadas ayudas convocadas para el sector turístico, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, ha de señalarse que Estas líneas de
ayudas se incardinan en el Componente 14 del Plan de Recuperación, denominado
«Plan de modernización y competitividad del sector turístico», en la inversión 2,
«Programa de digitalización e inteligencia para destinos y sector turístico», que tiene por
objeto implementar actuaciones de impulso de la digitalización de los destinos turísticos
y de las empresas turísticas. Esta digitalización es fundamental para un sector, el
turístico, que representa un porcentaje importante dentro del PIB español y que se
muestra especialmente sensible a los cambios globales.
Con estas ayudas se pretende impulsar un modelo turístico que permita aprovechar
todas las ventajas de un desarrollo más sostenible, climáticamente neutral y digital,
alineado con las principales prioridades establecidas por Europa, y en consonancia con
una demanda turística cada día más exigente y consciente del impacto que provoca su
actividad sobre los territorios en los que se desarrolla.
Por ello, estas órdenes de bases han afrontado el reto de la digitalización desde
diferentes perspectivas: generación y transferencia de conocimiento, apoyo a las
entidades locales o apoyo a las empresas.
La variedad de actuaciones a financiar ha supuesto un reto de gestión y análisis de
los proyectos propuestos en cada convocatoria y los plazos previstos inicialmente para la
ejecución de las actuaciones se han mostrado insuficientes, por lo que, acercándose el
plazo máximo previsto en las ordenes de bases, es necesario ampliarlos.
Hay que tener en cuenta, que algunas de estas ayudas se han concedido a
entidades públicas y organismos de investigación, que por su propia naturaleza deben
adaptarse a la normativa publica de gasto lo que limita su capacidad de actuación si no
disponen de financiación suficiente.
En otros casos, como por ejemplo en las ayudas de última milla, se ha previsto la
figura de la agrupación para los beneficiarios lo que implica una mayor complejidad en la
presentación de las propuestas y en la evaluación de las mismas.
Esta ampliación permitirá, por tanto, garantizar la ejecución de todos los proyectos
que se pueden financiar a través de las diferentes convocatorias, y seguir avanzando en
los retos que supone la digitalización del sector turístico, sin perder ninguna oportunidad.
El apoyo en la digitalización a todos los actores del sector turístico es fundamental para
mantener el dinamismo del sector y continuar mejorando su competitividad y seguir
ofreciendo propuestas de valor diferencial.
Por último, estas ampliaciones de plazos no afectarán al cumplimiento de hitos y
objetivos CID.
La disposición adicional tercera habilita a las Administraciones educativas
competentes para recalcular las cuantías de los módulos que figuran en el artículo 13 y
en los anexos IV y V de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales
del Estado para el año 2023, para aplicar los incrementos retributivos correspondientes
al personal docente de los centros concertados, a fin de equipararlos con el profesorado
público.
La disposición adicional cuarta preserva, durante el ejercicio 2024, en el ámbito de
las deudas de naturaleza pública, no tributarias ni aduaneras, el procedimiento
excepcional y temporal para la concesión de aplazamientos y/o fraccionamientos con
dispensa de garantía por las Delegaciones de Economía y Hacienda. Y ello con el fin de
hacer frente a las consecuencias económicas de la guerra en Ucrania que persisten,
agravadas por el clima de inestabilidad internacional derivado del conflicto en Oriente
Próximo, tratando de proteger el tejido productivo y garantizar el mantenimiento del

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Núm. 310