I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Medidas urgentes. (BOE-A-2023-26452)
Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Jueves 28 de diciembre de 2023

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Disposición adicional octava. Actualización de las referencias relativas al régimen
excepcional en materia de endeudamiento autonómico en 2024 y a la aplicación del
reintegro de las liquidaciones negativas del sistema de financiación de las
Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía correspondientes
a 2008 y 2009.
Uno. Las referencias al año 2023 contenidas en la disposición adicional
septuagésima quinta de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales
del Estado para el año 2023, deben considerarse efectuadas a 2024, excepto la incluida
en el apartado cuatro.
Dos. El régimen excepcional de aplicación del reintegro de las liquidaciones
negativas del sistema de financiación de las Comunidades Autónomas y Ciudades con
Estatuto de Autonomía correspondientes a 2008 y 2009 previsto en la disposición
adicional septuagésima sexta de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2023, será aplicable en 2024. Las referencias anuales
contenidas en la referida disposición relativas a los años 2023 y 2022 deben
considerarse realizadas a 2024 y 2023, respectivamente.
Disposición adicional novena.

Gestores provisionales de la red troncal de hidrógeno.

1. De manera provisional, los gestores de la red de transporte de gas natural
conforme a lo dispuesto en el artículo 63 bis de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del
sector de hidrocarburos, podrán:
a) Remitir a la Dirección General de Política Energética y Minas, en un plazo
cuatro meses desde la entrada en vigor de este real decreto-ley, una propuesta
desarrollo de la infraestructura troncal de hidrógeno, no vinculante, con un horizonte
diez años.
b) Actuar como representantes en la Red Europea de Gestores de Redes
Hidrógeno (European Network of Network Operators for Hydrogen).

de
de
de
de

2. Provisionalmente, por acuerdo de Consejo de Ministros y mediante personas
jurídicas separadas horizontalmente, podrán ejercer las funciones de desarrollo de la red
troncal de hidrógeno en el ámbito de los proyectos de interés común europeo.
3. Este régimen provisional será de aplicación hasta la designación definitiva de los
Gestores de Redes de Hidrógeno con arreglo a las condiciones establecidas en la
normativa europea de aplicación.
Disposición adicional décima. Medidas para agilizar la licitación y ejecución de
determinadas infraestructuras viarias en Cataluña.
Esta disposición adicional se aplica a las siguientes infraestructuras viarias:

a) Las mencionadas en la disposición adicional centésima vigésima de la
Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2023.
b) Las obras para la implantación de carril bus de entrada a Barcelona en la
autopista B-23 y las obras de mejora de los elementos funcionales existentes en la B-23
entre Barcelona y Sant Feliu de Llobregat.
c) Las actuaciones para dar continuidad al corredor de la B-40 ya construido en
Terrassa y que configuren la Ronda Nord de los sistemas urbanos de Terrassa, Sabadell
y Castellar del Vallès.

cve: BOE-A-2023-26452
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