I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Subvenciones. (BOE-A-2023-26456)
Real Decreto 1173/2023, de 27 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a Circuits de Catalunya, S.L., a Deporte And Business Sports Marketing, S.L., y a la Fundación Real Club de Polo de Barcelona para la realización de actuaciones de interés público durante el ejercicio 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Jueves 28 de diciembre de 2023

Sec. I. Pág. 172842

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, y en las demás normas que resulten de aplicación.
Artículo 3.

Beneficiarios y actuaciones subvencionables.

Serán beneficiarios de estas subvenciones de concesión directa:
a) Circuits de Catalunya, S.L., para financiar gastos vinculados a la organización
del Gran Premio de España del Campeonato del Mundo de Fórmula 1.
b) Deporte And Business Sports Marketing, S.L., para financiar gastos vinculados a
la organización de la Solheim Cup 2023.
c) Fundación Real Club de Polo de Barcelona, para financiar gastos vinculados a la
organización del CSIO Barcelona en el marco de la Barcelona Equestrian Challenge 2023.
Artículo 4.

Obligaciones de los beneficiarios.

1. Las entidades beneficiarias quedarán sujetas a las obligaciones previstas en las
correspondientes resoluciones de concesión, así como a las obligaciones establecidas
en los artículos 14 y concordantes de Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
2. Las entidades beneficiarias podrán subcontratar la totalidad de las actividades
necesarias para el mejor cumplimiento de los objetivos que motivan la concesión directa
de estas subvenciones, ajustándose a lo previsto en el artículo 29 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, sin perjuicio de que el beneficiario asuma la responsabilidad total
por la ejecución de la actividad subvencionada. Queda fuera de este concepto la contratación
de aquellos gastos en que tenga que incurrir el beneficiario para la realización por sí
mismo de la actividad subvencionada.
Artículo 5. Gastos subvencionables.
1.

Serán subvencionables los siguientes gastos del Circuits de Catalunya, S.L.:

a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)
i)
j)

Servicios de profesionales.
Empresas y personal externo.
Limpieza.
Vigilancia.
Arrendamientos.
Suministros y comunicaciones.
Seguros.
Publicidad.
Derechos federativos.
Otros servicios.

a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)
i)
j)
k)

Gastos derivados de las instalaciones del campo.
Gastos derivados de la organización de eventos.
Producción TV.
Equipamientos y Servicios.
Servicios de Logística, Seguridad y Sanitarios.
Promociones y Publicidad.
Catering.
Hoteles, Viajes, Transportes y Alimentación.
Seguros.
Organización y otros servicios.
Gastos varios.

cve: BOE-A-2023-26456
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2. Serán subvencionables los siguientes gastos de Deporte And Business Sports
Marketing, S.L.: