I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Subvenciones. (BOE-A-2023-26456)
Real Decreto 1173/2023, de 27 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a Circuits de Catalunya, S.L., a Deporte And Business Sports Marketing, S.L., y a la Fundación Real Club de Polo de Barcelona para la realización de actuaciones de interés público durante el ejercicio 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Jueves 28 de diciembre de 2023

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se dan las razones de interés público, económico y social exigidas que justifican la
concesión directa de las subvenciones que se aprueban en el presente real decreto.
Por lo expuesto, se considera que la norma se adecúa a los principios de buena
regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, particularmente a
los de necesidad y eficacia, al estar justificada por razones de interés general, basarse
en una identificación clara de los fines perseguidos y resultar el instrumento más
adecuado para garantizar la consecución de sus objetivos; al de proporcionalidad, al
contener la regulación imprescindible para atender las necesidades que pretende cubrir,
y al de eficiencia, ya que la iniciativa normativa evita cargas administrativas innecesarias
o accesorias y racionaliza, en su aplicación, la gestión de los recursos públicos.
Asimismo, el presente real decreto respeta el principio de seguridad jurídica toda vez
que, por una parte, es coherente con el resto del ordenamiento jurídico y, por otra parte,
contribuye a generar un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y de
certidumbre, al integrar en una sola norma las bases reguladoras de tres subvenciones
cuyo objeto es sustancialmente el mismo el fomento del deporte de alto nivel y la
representatividad y la reputación del deporte español. Por último, la norma cumple con el
principio de transparencia, lo que se refleja en la clara definición de sus objetivos,
referidos en la presente parte expositiva y en las memorias evacuadas durante su
tramitación.
Este real decreto se dicta al amparo del mandato constitucional previsto en el
artículo 43.3 de la Constitución Española, de fomento de la educación sanitaria, la
educación física y el deporte, y las competencias exclusivas atribuidas al Estado por el
artículo 149.1.3.ª de la Constitución Española, en relación con la dimensión internacional
del deporte y con la representación internacional del deporte español en su conjunto.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación, Formación Profesional y
Deportes, con la aprobación previa de la Ministra de Hacienda y Función Pública, con el
informe del Ministerio de Hacienda y Función Pública, y previa deliberación del Consejo
de Ministros en su reunión del día 27 de diciembre de 2023,
DISPONGO:
Objeto.

1. Este real decreto tiene por objeto regular la concesión directa, con carácter
excepcional y por razones de interés público, económico y social, de tres subvenciones
de carácter singular, a favor de las entidades beneficiarias y para las actuaciones que
figuran en el artículo 3, destinadas al fomento de la celebración en España de
determinadas competiciones deportivas de relevancia internacional con el objeto
incrementar la representatividad y reputación internacional del deporte español por su
alta difusión internacional, el fomento del turismo, de la igualdad y la industria vinculados
a la actividad física y el deporte.
2. Se autoriza la concesión directa de las subvenciones establecidas en este real
decreto, atendiendo a las excepcionales circunstancias en que ha de realizarse la
actividad subvencionada, y dado que concurren razones de interés público, económico y
social que determinan la improcedencia de su convocatoria pública, al amparo de lo
previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, en relación con el artículo 28.2 y 3 de la misma Ley, y el artículo 67 de su
Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Artículo 2.

Régimen jurídico aplicable.

Estas subvenciones se regirán, además de por lo dispuesto en el presente real
decreto, por lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y en su Reglamento de
desarrollo, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, salvo en lo que
afecte a los principios de publicidad y concurrencia, así como por lo establecido en la

cve: BOE-A-2023-26456
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Artículo 1.