I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Demarcación y planta judicial. (BOE-A-2023-26453)
Real Decreto 1170/2023, de 27 de diciembre, de creación de setenta unidades judiciales correspondientes a la programación de 2023, y de adecuación de la planta judicial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Jueves 28 de diciembre de 2023

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y 347 bis de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, y el artículo 20.1 de la Ley 38/1988,
de 28 de diciembre.
En cuanto al principio de seguridad jurídica, el proyecto normativo es coherente tanto
con los artículos 36, 87 bis apartado 2 y 347 bis de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
como con el artículo 20 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, a fin de garantizar a la
ciudadanía la efectividad en la protección judicial de sus derechos, así como con el
cumplimiento de la medida 105 del Pacto de Estado de Violencia de Género de 2017.
En aplicación del principio de transparencia, la presente norma define claramente sus
objetivos y su justificación y se posibilitará el acceso sencillo, universal y actualizado a
los documentos propios de su proceso de elaboración.
Finalmente, por lo que se refiere al principio de eficiencia, la iniciativa normativa no
impone cargas administrativas.
En su tramitación, se prescindió de los trámites de consulta pública y de audiencia e
información pública, por tratarse una norma organizativa, que regula aspectos parciales,
y que no tiene un impacto significativo en la actividad económica ni impone obligaciones
relevantes a los destinatarios.
Se ha recabado el informe de la Secretaría General Técnica del Ministerio de
Hacienda y Función Pública y los informes preceptivos del Consejo General del Poder
Judicial y de las comunidades autónomas afectadas.
Esta norma se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.5.ª de la
Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de
Administración de Justicia.
En su virtud, a propuesta del Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de
diciembre de 2023,
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto.

a) Contribuir a agilizar la reactivación de la actividad judicial ordinaria y concretar y
adecuar la planta judicial a las necesidades existentes, mediante la creación de sesenta
y nueve unidades judiciales, consistentes en la creación y constitución de treinta y seis
juzgados, de treinta y tres plazas de Magistrado o Magistrada en órganos colegiados y
de una plaza de Juez o Jueza de Adscripción Territorial en el Tribunal Superior de
Justicia de Cataluña.
b) Transformar los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo número 5 de
Córdoba y de Primera Instancia número 6 de Lleida, en funcionamiento, en Juzgados de
Primera Instancia número 12 de Córdoba y de lo Mercantil número 1 de Lleida.
c) Determinar la extensión de la competencia de los Juzgados de Violencia sobre la
Mujer de Almería al partido judicial de Roquetas de Mar; del Juzgado de Violencia sobre
la Mujer de Cádiz a los partidos judiciales de San Fernando y de Puerto Real, del
Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Granada al partido judicial de Santa Fé, del
Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Jaén al partido judicial de Martos; de los
Juzgados de Violencia sobre la Mujer de Málaga al partido judicial de Torremolinos; del
Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Marbella al partido judicial de Estepona; de los
Juzgados de Violencia sobre la Mujer de Las Palmas de Gran Canaria al partido judicial
de Arucas, de Santa María de Guía de Gran Canaria y de Telde y de los Juzgados de
Violencia sobre la Mujer de Pamplona/Iruña al partido judicial de Aoiz para el
conocimiento de los asuntos en materia de violencia sobre la mujer procedentes de estos
partidos judiciales.
d) Modificar la agrupación de la Comunitat Valenciana determinada en el Real
Decreto 954/2022, de 15 de noviembre, de creación de setenta unidades judiciales
correspondientes a la programación de 2022 y de adecuación de la planta judicial,

cve: BOE-A-2023-26453
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Este real decreto tiene como objeto: