III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2023-26601)
Orden ITU/1391/2023, de 22 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de ayudas para proyectos de digitalización de «Última Milla» en empresas del sector turístico y se procede a su convocatoria correspondiente al año 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 28 de diciembre de 2023

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Consejo, de 12 de febrero, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia. Dicho Mecanismo es el eje central de las medidas extraordinarias de
recuperación de la Unión Europea.
Igualmente, se aprobó la Decisión de Ejecución del Consejo de 13 de julio de 2021,
relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de
España, conforme a lo establecido en los artículos 18 y 20 del Reglamento (UE)
2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que
se establece el mecanismo de recuperación y resiliencia por la que se aprueba el citado
Plan (en adelante Decisión CID por sus siglas en inglés).
El Plan en su componente 14, denominado «Plan de modernización y competitividad
del sector turístico», prevé diversas inversiones, entre otras, la inversión 2, «Programa
de digitalización e inteligencia para destinos y sector turístico» cuyo objetivo es
desarrollar una plataforma inteligente de destino que dote de interoperabilidad a la oferta
de servicios públicos y privados al turista.
Esta inversión segunda se encuentra subdividida en el proyecto 1, «Plan de
Transformación Digital de Destinos Turísticos», que tiene por objeto implementar
actuaciones de impulso de la digitalización de los destinos turísticos y de las empresas
turísticas y abordar la construcción de un sistema de inteligencia turística basado en la
economía del dato y la interoperabilidad, para garantizar el desarrollo sostenible del
territorio turístico y en el proyecto 2, «Plan de Transformación Digital de Empresas de la
cadena de valor turística a través de la Inteligencia Artificial y otras tecnologías
habilitadoras», cuyo objetivo es desarrollar nuevas actividades y servicios de alto valor
añadido basados en los espacios de datos y el fomento de la innovación disruptiva en el
sector turístico.
Dentro de la inversión 2 se encuentra el objetivo CID 223 denominado «Beneficiarios
de proyectos basados en tecnologías innovadoras relacionados con la IA y otras
tecnologías habilitadoras», cuya descripción literal es la siguiente: «Al menos 1000
beneficiarios (empresas o agrupaciones de empresas) deberán haber completado
proyectos innovadores basados en la tecnología para el sector turístico relacionados con
la inteligencia artificial y otras tecnologías habilitadoras, como el internet de las cosas, la
tecnología 5G, los macrodatos, la ciberseguridad y las aplicaciones móviles». Esta línea
de ayudas tiene por objeto contribuir a la consecución de dicha cifra de 1.000
beneficiarios en el segundo trimestre de 2025, plazo marcado en la Decisión CID.
En cumplimiento con lo dispuesto en el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia, y su normativa de desarrollo, en particular la Comunicación de la Comisión
Guía técnica (2021/C 58/01) sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio
significativo», con lo requerido en la Decisión de Ejecución del Consejo (CID) relativa a la
aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de
España (PRTR), así como en la Decisión sobre los Acuerdos Operativos (OA) (así como
a los indicadores de seguimiento (anexo II OA) y los mecanismos de verificación del
cumplimiento (anexo I OA) previsto en la OA para la presente inversión. En concreto, un
documento de síntesis que justifique debidamente cómo se ha cumplido el objetivo
(incluyendo los elementos pertinentes del objetivo, tal y como se enumeran en la
descripción del objetivo y de la medida correspondiente en el anexo de la CID). Este
documento de síntesis incluirá como anexo una hoja de cálculo con la siguiente
información: a) referencia única que identifique al beneficiario y su nombre, b) el número
y la ubicación de los proyectos y una breve descripción; b) el tipo de proyecto innovador
de base tecnológica; y c) las fechas de los certificados de finalización emitidos de
acuerdo con la legislación nacional. Sobre la base de una muestra que seleccionará la
Comisión, se presentarán los siguientes documentos justificativos para cada una de las
unidades (beneficiarios) seleccionadas: a) extracto del pliego de condiciones de las
convocatorias que describa el tipo de proyectos que están realizando los beneficiarios, b)

cve: BOE-A-2023-26601
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 310