II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Cuerpo de Subinspectores Laborales, Escala de Empleo y Seguridad Social. (BOE-A-2023-26359)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Subinspectores Laborales, Escala de Empleo y Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 27 de diciembre de 2023

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en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con
discapacidad, los interesados deberán formular la correspondiente petición concreta en
la solicitud de participación, adjuntando el dictamen técnico facultativo en los términos
establecidos en el anexo I de la citada orden, en el que reflejarán sus necesidades
específicas.
2.

Proceso selectivo

2.1 El proceso selectivo se desarrollará mediante el sistema de oposición para los
aspirantes que se presenten por el turno de acceso libre, y mediante el sistema de
concurso-oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de promoción
interna, con las fases, ejercicios, valoraciones y programas que se especifican en los
anexos I y II.
2.2 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante
dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de
personas admitidas y excluidas de cada proceso. En atención al elevado número de
plazas ofertadas y del número previsto de solicitudes de participación en el proceso
selectivo convocado por esta resolución y de acuerdo con al artículo 23 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se amplía el citado plazo en un mes.
Dicha resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», y en la página web
del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social www.mites.gob.es/itss,
estableciéndose un plazo de diez días hábiles para subsanar, en su caso, los defectos
que hubieran motivado la exclusión u omisión, y señalando el lugar, fecha y hora de
comienzo del primer ejercicio.
2.3 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra «W» según lo establecido en la Resolución de
la Secretaría de Estado de Función Pública, de 27 de julio de 2023 («Boletín Oficial del
Estado» de 29 de julio). En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer
apellido comience por la letra «W» el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo
primer apellido comience por la letra «X», y así sucesivamente.
2.4 La duración máxima de la fase de oposición será de nueve meses; en todo
caso, la celebración del primer ejercicio de la citada fase, tendrá que celebrarse en un
plazo máximo de tres meses contados a partir de la publicación de esta convocatoria en
el «Boletín Oficial del Estado».
2.5 Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al servicio público, y de conformidad con lo
establecido en el artículo 8 de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, el Tribunal
calificador, una vez constituido, publicará un cronograma orientativo con las fechas de
realización de las pruebas relativas al proceso selectivo.
En el caso del proceso selectivo para el ingreso por el sistema de promoción interna,
el tribunal calificador publicará y actualizará un calendario relativo a su desarrollo, en el
que señalará la duración prevista para la realización y resolución de cada una de las
fases que conforman el mismo.
Se posibilita la realización de pruebas coincidentes en el tiempo, incluida la realización
o lectura de ejercicios, desarrollo de cursos selectivos o periodos de prácticas.
En todo caso, desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo
del siguiente, el plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y cinco días naturales.
2.6 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los
restantes ejercicios se harán públicos con, al menos, doce horas de antelación a la
señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con, al menos, 24 horas si se
trata de un nuevo ejercicio. Dichos anuncios se efectuarán en la dirección de internet que
se indica en la base 2.2.

cve: BOE-A-2023-26359
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Núm. 309