II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-26400)
Resolución de 18 de diciembre de 2023, de la Universidad de Burgos, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Auxiliar Administrativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 27 de diciembre de 2023

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6. Calificación final, lista de seleccionados y bolsa de empleo
6.1 La calificación final del proceso selectivo se obtendrá por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso, una vez aplicados el
porcentaje del 70 y del 30 por ciento, respectivamente.
6.2 El procedimiento selectivo deberá resolverse en el plazo máximo de ocho
meses a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución en el
BOE. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el
tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa.
6.3 El Tribunal, una vez realizada la valoración, mandará publicar en el Tablón
Electrónico Oficial (TEOUBU) y en el sitio web del Servicio de Recursos Humanos
(https://www.ubu.es/servicio-de-recursos-humanos/pas/convocatorias-y-bolsas-de-empleo) la
relación que contenga la valoración provisional de méritos del concurso. Las personas
aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles, a contar a partir del siguiente al de la
publicación de dicha relación, para efectuar las reclamaciones pertinentes. Las reclamaciones
deberán presentarse por escrito, dirigidas al Rector a través de la Sede Electrónica de la
misma forma que la establecida en la base 3.1 para la presentación de solicitudes.
6.4 Finalizado dicho plazo, el Tribunal publicará la relación con la valoración
definitiva de los méritos del concurso en el Tablón Electrónico Oficial (TEOUBU) y en el
sitio web del Servicio de Recursos Humanos. El Tribunal declarará que han superado el
proceso selectivo las personas aspirantes que hayan obtenido las mayores puntuaciones
con indicación de la puntuación obtenida en la fase de oposición, en la fase de concurso
y la puntuación total final, sin que, en ningún caso, el número de personas que supere el
proceso selectivo pueda ser superior al número de plazas convocadas.
La motivación de la mencionada relación, en cuanto acto administrativo emanado de
la discrecionalidad técnica del Tribunal, y que pone fin al proceso selectivo, estará
referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
6.5 En caso de igualdad en la puntuación final, se dará prioridad a aquellas
personas aspirantes que mayor puntuación hubieran obtenido en la fase de oposición.
De persistir el empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación
obtenida en el segundo ejercicio de la fase de oposición, de continuar el empate se
atendrá a la mayor puntuación del primer ejercicio, y de mantenerse, se tendrá en cuenta
la valoración del mérito de la fase de concurso que aparece enunciado en primer lugar, y
así sucesivamente de persistir la igualdad.
6.6 El presidente o presidenta del Tribunal de selección enviará copia certificada de
dicha relación al Sr. Rector, con propuesta de nombramiento de personal funcionario de
carrera a favor de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo. El
Rector ordenará la publicación en BOCyL de la relación de aspirantes con el orden obtenido
en el proceso selectivo para la Escala Auxiliar Administrativa de las plazas convocadas.
6.7 Igualmente, el presidente o presidenta del Tribunal de selección elevará al Sr.
Rector la correspondiente propuesta de formación de bolsa de empleo, de la que
formarán parte aquellos aspirantes que, habiendo superado alguno de los ejercicios de la
fase de oposición, no hayan superado el proceso selectivo. El Rector hará pública, en el
Tablón Electrónico Oficial (TEOUBU) y en el sitio web del Servicio de Recursos
Humanos, la resolución definitiva de formación de la respectiva bolsa de empleo.
El régimen de llamamiento y la gestión de la bolsa de empleo se regirá por lo
establecido en la Instrucción de Gerencia, de 1 de diciembre de 2017, sobre bolsas de
empleo y su gestión, así como sus normas de desarrollo.
7.

Tribunal calificador

7.1 El Tribunal calificador de las presentes pruebas selectivas estará formado por
los miembros que figuran en el anexo I de esta convocatoria y los mismos son
nombrados con sujeción a lo dispuesto en el artículo 60 del TREBEP.
7.2 El nombramiento como miembro del Tribunal es irrenunciable, salvo que
concurra causa justificada que impida su actuación como miembro del mismo. En este

cve: BOE-A-2023-26400
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 309