III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2023-26408)
Resolución de 17 de diciembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con el Consejo General del Notariado, en materia de acceso a la información notarial por parte de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Miércoles 27 de diciembre de 2023

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Con fecha 6 de junio de 2019, ambas partes suscribieron una Adenda de prórroga y
modificación del convenio con la finalidad de prorrogar su vigencia y adaptar el mismo a
las nuevas prescripciones introducidas por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público. Como consecuencia de la suscripción de la mencionada
adenda, el convenio conservó su validez durante otro período de tres años siendo
prorrogado de nuevo durante un año mediante adenda que finaliza el día 26 de julio
de 2023. Cumplidos los plazos estipulados tanto de suscripción del convenio como sus
sucesivas adendas de prórroga, de conformidad con los requisitos y condiciones
previstas en el artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, es necesario suscribir un nuevo convenio que continúe la labor
emprendida por el inicialmente suscrito en 2016 y sus sucesivas adendas de prórroga,
de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente convenio tiene por objeto establecer las líneas de colaboración entre el
Ministerio de Justicia y el Consejo General del Notariado para el acceso a los datos
incluidos en el Índice Único Informatizado o cualquier otra base de datos de interés a
efectos de averiguación patrimonial por parte de la ORGA, con la finalidad exclusiva de
atender sus funciones de localización, recuperación y gestión de efectos, bienes,
instrumentos y ganancias procedentes de actividades delictivas que le hayan sido
atribuidas por delegación de los jueces, tribunales o fiscales en el ámbito de sus
competencias.
Condiciones de acceso y utilización.

Todo acceso a la información realizada al amparo del presente convenio requiere la
acreditación de que la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos (en adelante
ORGA) actúa en el marco de un procedimiento judicial penal en el desarrollo de sus
funciones de localización y gestión de bienes, identificando el número del procedimiento
penal o diligencias de investigación que correspondan con el acceso concreto que se
pretende. Dicho acceso y utilización se realizará conforme a lo establecido en la Ley
Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines
de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de
ejecución de sanciones penales.
Procederá, igualmente, cuando la ORGA actúe a instancia de la Fiscalía en el
ejercicio de sus competencias, bien en el ámbito de las diligencias de investigación, de la
cooperación jurídica internacional, del procedimiento de decomiso autónomo o en
cualesquiera otras actuaciones en los términos previstos en las leyes penales o
procesales.
Del mismo modo, identificará el requerimiento por el que ejecute una solicitud de
cooperación internacional relativa al intercambio de información sobre bienes con
organismos análogos.
La ORGA, a través del usuario previamente autorizado, sólo formulará peticiones de
información notarial en el ámbito del presente convenio cuando su interés en la
obtención de las mismas se realice para el cumplimiento de sus funciones.
Una copia impresa o en formato digital de la información obtenida podrá incorporarse
a los correspondientes expedientes de la ORGA, sin perjuicio de la información que de
conformidad con la normativa vigente deba formar parte de los procedimientos de
gestión de los bienes, a efectos de su realización, destrucción, etc. Asimismo, la ORGA
se compromete a no incorporar dichos datos a bases de datos o ficheros informatizados
que puedan ser susceptibles de consulta individualizada por personas físicas o jurídicas
ajenas a su función y ello, aunque se exprese la procedencia de la información.

cve: BOE-A-2023-26408
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.