III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2023-26428)
Orden TED/1381/2023, de 21 de diciembre, por la que se regulan las bases para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a proyectos de infraestructuras ambientales, sociales y digitales en municipios de zonas afectadas por la transición energética en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se procede a la convocatoria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Miércoles 27 de diciembre de 2023

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el resto de comunicaciones y trámites, tanto en el procedimiento de concesión como en la
fase de seguimiento y justificación de las ayudas;
d) Organización interna de la agrupación, plan de contingencias y disposiciones
para la resolución de litigios internos;
e) Acuerdos sobre responsabilidad, indemnización y confidencialidad entre los
participantes;
f) Propiedad de las infraestructuras que forman parte del proyecto;
g) Normas de difusión, utilización y derechos de acceso a las infraestructuras
subvencionadas.
Aquellos municipios que presenten una o varias solicitudes conjuntamente, deberán
aportar, de forma individualizada, la documentación referida a que se refiere este
apartado.
3. No podrán obtener la condición de beneficiario de las ayudas convocadas al
amparo de esta orden los solicitantes que se encuentren incursos en alguna de las
circunstancias que prohíben el acceso a dicha condición de beneficiario, recogidas en el
artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
4. Tampoco podrán obtener la condición de beneficiario los solicitantes que estén
sujetos a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión
Europea, o no hayan satisfecho el reintegro de ayudas públicas antes de la publicación
de las convocatorias.
5. Los beneficiarios podrán concertar con terceros la ejecución de los proyectos
mediante los procedimientos de licitación correspondientes o proceder a su ejecución a
través de medios propios.
Así, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 29.2 de Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, el beneficiario podrá proceder con la licitación
para la subcontratación total de la actividad objeto de la subvención, ateniéndose a lo
dispuesto en el citado precepto.
Artículo 4.

Tipos de proyectos objeto de las ayudas.

1. Las solicitudes de ayuda irán dirigidas a proyectos que se ejecuten sobre bienes,
espacios y terrenos de titularidad pública que permitan reforzar el componente social,
medioambiental y digital de los espacios públicos, comprendidos en las siguientes
categorías con carácter general:

2. Los proyectos de rehabilitación de edificios finalmente subvencionados deberán
alcanzar la clasificación de edificio de consumo de energía casi nulo (nZEB, por sus
siglas en inglés, «Nearly Zero Energy Buildings») o lograr una reducción de, al menos,
un 30 por ciento del consumo de energía primaria no renovable en comparación con su
situación de partida. La justificación del ahorro energético deberá aportarse mediante el
certificado de eficiencia energética del edificio existente en su estado actual, siempre que
se encuentre en el ámbito de aplicación del Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el
que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética

cve: BOE-A-2023-26428
Verificable en https://www.boe.es

a) Rehabilitación de edificios, recuperación de aldeas, poblados, cortijadas u otro
tipo de infraestructuras para nuevos usos de carácter social, la prestación de servicios
públicos o la mejora del acceso a viviendas.
b) Rehabilitación de edificios y espacios para su uso en la innovación digital, y/o
promoción del emprendimiento y/o desarrollo económico, en particular en los que se potencie
la disminución de la brecha digital y se posibiliten el acceso y conocimiento a las mujeres a
las nuevas tecnologías, incentivando su permanencia en territorios afectados.
c) Infraestructuras ambientales para la puesta en valor del medio natural, la mejora
de servicios ambientales y/o regeneración de las zonas.
d) Soluciones de movilidad sostenible.