III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2023-26428)
Orden TED/1381/2023, de 21 de diciembre, por la que se regulan las bases para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a proyectos de infraestructuras ambientales, sociales y digitales en municipios de zonas afectadas por la transición energética en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se procede a la convocatoria.
69 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309
Miércoles 27 de diciembre de 2023
vi)
Sec. III. Pág. 172491
Protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas.
Los proyectos tendrán en cuenta la protección de la biodiversidad y los ecosistemas,
tanto en la fase de construcción como en la de explotación y, cuando proceda, incluirán
medidas de restauración.
B.
i)
Restauración de terrenos y otros lugares degradados y contaminados.
Mitigación del cambio climático.
Los proyectos contendrán una descripción de cómo no se dañará la dimensión de
mitigación del cambio climático del DNSH, incluyendo, cuando proceda repoblación
vegetal o forestal y su aprovechamiento como sumideros de carbono, energías
renovables o desarrollo de actividades ecológicas.
ii)
Adaptación al cambio climático.
La redacción de los proyectos incluirá las características climáticas particulares del
municipio y sus tendencias, y priorizará las actuaciones que contribuyan de forma
sustancial a prevenir o reducir el riesgo de efectos adversos del clima actual y del clima
previsto en el futuro. Se evitarán especies que requieran un uso intensivo de agua,
cuando proceda.
iii) Uso sostenible y protección de los recursos hídricos y marinos.
Los proyectos contendrán una descripción de cómo no se dañarán los recursos
hídricos y marinos y se utilizarán de forma sostenible, tanto en la fase de construcción
como de explotación, incluyendo, cuando proceda, la mejora de cauces y paseos
fluviales.
iv)
Economía circular, incluyendo reducción de residuos y reciclado.
Tal y como establece el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula
la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, los proyectos
deberán incluir medidas para la prevención de residuos de construcción y demolición y la
utilización de áridos y otros productos procedentes de su valorización, según dispone el
Real Decreto 105/2008. En particular se incluirán medidas para la gestión selectiva de
residuos, y, cuando proceda, la creación de instalaciones de reutilización, reciclaje y
revalorización de los materiales (ver apartado D).
v)
Prevención y control de la contaminación atmosférica, de aguas y territorio.
Los proyectos incluirán medidas de prevención y control de la contaminación
atmosférica, del agua y del suelo, tanto en la fase de construcción como en la de
explotación.
Protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas.
Los proyectos tendrán en cuenta la protección de la biodiversidad y los ecosistemas,
tanto en la fase de construcción como en la de explotación y, cuando proceda, incluirán
medidas de restauración como la plantación de masas arbóreas autóctonas y la
recuperación de terrenos y cauces para la flora y fauna local.
C.
i)
Intervenciones en el medio urbano.
Mitigación del cambio climático.
En la rehabilitación de edificios se tendrán en consideración las directrices recogidas
en la Directiva (UE) 2018/844 relativa a la eficiencia energética de los edificios. El
requisito será alcanzar al menos un nivel de renovación medio, según define la
cve: BOE-A-2023-26428
Verificable en https://www.boe.es
vi)
Núm. 309
Miércoles 27 de diciembre de 2023
vi)
Sec. III. Pág. 172491
Protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas.
Los proyectos tendrán en cuenta la protección de la biodiversidad y los ecosistemas,
tanto en la fase de construcción como en la de explotación y, cuando proceda, incluirán
medidas de restauración.
B.
i)
Restauración de terrenos y otros lugares degradados y contaminados.
Mitigación del cambio climático.
Los proyectos contendrán una descripción de cómo no se dañará la dimensión de
mitigación del cambio climático del DNSH, incluyendo, cuando proceda repoblación
vegetal o forestal y su aprovechamiento como sumideros de carbono, energías
renovables o desarrollo de actividades ecológicas.
ii)
Adaptación al cambio climático.
La redacción de los proyectos incluirá las características climáticas particulares del
municipio y sus tendencias, y priorizará las actuaciones que contribuyan de forma
sustancial a prevenir o reducir el riesgo de efectos adversos del clima actual y del clima
previsto en el futuro. Se evitarán especies que requieran un uso intensivo de agua,
cuando proceda.
iii) Uso sostenible y protección de los recursos hídricos y marinos.
Los proyectos contendrán una descripción de cómo no se dañarán los recursos
hídricos y marinos y se utilizarán de forma sostenible, tanto en la fase de construcción
como de explotación, incluyendo, cuando proceda, la mejora de cauces y paseos
fluviales.
iv)
Economía circular, incluyendo reducción de residuos y reciclado.
Tal y como establece el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula
la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, los proyectos
deberán incluir medidas para la prevención de residuos de construcción y demolición y la
utilización de áridos y otros productos procedentes de su valorización, según dispone el
Real Decreto 105/2008. En particular se incluirán medidas para la gestión selectiva de
residuos, y, cuando proceda, la creación de instalaciones de reutilización, reciclaje y
revalorización de los materiales (ver apartado D).
v)
Prevención y control de la contaminación atmosférica, de aguas y territorio.
Los proyectos incluirán medidas de prevención y control de la contaminación
atmosférica, del agua y del suelo, tanto en la fase de construcción como en la de
explotación.
Protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas.
Los proyectos tendrán en cuenta la protección de la biodiversidad y los ecosistemas,
tanto en la fase de construcción como en la de explotación y, cuando proceda, incluirán
medidas de restauración como la plantación de masas arbóreas autóctonas y la
recuperación de terrenos y cauces para la flora y fauna local.
C.
i)
Intervenciones en el medio urbano.
Mitigación del cambio climático.
En la rehabilitación de edificios se tendrán en consideración las directrices recogidas
en la Directiva (UE) 2018/844 relativa a la eficiencia energética de los edificios. El
requisito será alcanzar al menos un nivel de renovación medio, según define la
cve: BOE-A-2023-26428
Verificable en https://www.boe.es
vi)