III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2023-26428)
Orden TED/1381/2023, de 21 de diciembre, por la que se regulan las bases para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a proyectos de infraestructuras ambientales, sociales y digitales en municipios de zonas afectadas por la transición energética en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se procede a la convocatoria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Miércoles 27 de diciembre de 2023

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4. Los proyectos de rehabilitación de edificios no podrán suponer un aumento del
volumen superficie construida mayor del diez por ciento del volumen la superficie original.
Artículo 32.

Gastos subvencionables.

1. Estas ayudas van dirigidas a financiar el conjunto de inversiones y gastos
necesarios para la ejecución, por las entidades beneficiarias, de alguna o algunas de las
actuaciones correspondientes a las tipologías descritas en el artículo anterior.
2. Se considerarán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada
respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente
necesarios y se ajusten a lo establecido en el artículo 31 y 86 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones y el 83 de su Reglamento, aprobado por Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, y a lo establecido en el artículo 5 de las bases
reguladoras del capítulo I anterior.
Artículo 33. Dotación de la convocatoria y cuantía máxima de las ayudas.
1. Por tratarse de una convocatoria de tramitación anticipada, conforme al
artículo 56.2 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, la dotación máxima de
la convocatoria que figura a continuación tiene carácter estimado, por lo que la
concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado
y suficiente en el momento de la resolución de concesión. En los supuestos en los que el
crédito presupuestario que resulte aprobado en la Ley de Presupuestos fuera superior a
la cuantía inicialmente estimada, el órgano gestor podrá decidir su aplicación o no a la
convocatoria, previa tramitación del correspondiente expediente de gasto antes de la
resolución, sin necesidad de nueva convocatoria.
El presupuesto total estimado para esta convocatoria es de veinticinco millones de
euros, que corresponde a la asignación del «Plan de infraestructuras ambientales,
digitales y sociales en municipios y territorios en transición» dentro del Componente 10
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España.
Las ayudas se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 23.112.
42JA.760.00 «C10.I01 Inversiones EELL en Transición Justa. Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia» del programa 42JA «C10.I01 Inversiones en transición justa»
incluidas en el presupuesto de gastos del Instituto para la Transición Justa, O.A., o a las
aplicaciones equivalentes en el presupuesto aprobado del ejercicio correspondiente, de
acuerdo a la siguiente distribución de importes máximos estimados por anualidades:
Aplicación presupuestaria

23.112.42JA.760.00

Euros

2024

10.500.000,00

2025

8.500.000,00

2026

6.000.000,00
25.000.000,00

2. Los fondos presupuestarios se asignarán a los proyectos presentados según la
siguiente distribución, para cada uno de los siguientes bloques de proyectos:
Bloque

Euros

1: Solicitudes de entre 100.000,00 y 1.000.000,00.
2: Solicitudes de entre 1.000.000,01 y 4.000.000,00.

Dotación presupuestaria

Euros

5.000.000,00
20.000.000,00

cve: BOE-A-2023-26428
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