III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2023-26428)
Orden TED/1381/2023, de 21 de diciembre, por la que se regulan las bases para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a proyectos de infraestructuras ambientales, sociales y digitales en municipios de zonas afectadas por la transición energética en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se procede a la convocatoria.
69 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Miércoles 27 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 172453

Criterios y subcriterios

e.2) Contribución a la transformación digital de la economía y sociedad del municipio o de la zona y la disminución de la brecha
digital entre mujeres y hombres, y generacional.

Puntuación
máxima

1

Se valorará:
– El grado de transformación digital que conllevará el proyecto;
– La disminución de la brecha digital entre mujeres y hombres;
– La disminución de la brecha digital generacional.
f) Localización.

15

f.1) Riesgo de despoblación del municipio en los últimos diez años, envejecimiento de la población y densidad de población.

4

Riesgo despoblación.

Se puntuará en base a la pérdida de población en los últimos diez
años de los que el INE ha publicado datos.
Se puntuará de la siguiente manera:
– 2 puntos si la pérdida porcentual de población es mayor o igual a 25;
– 0 puntos si la pérdida porcentual de población es menor a 5;
– Entre 0 y 2 puntos si la pérdida porcentual de población está entre
5 y 25. La puntuación se calculará mediante interpolación lineal.

2

Envejecimiento poblacional.

Se puntuará en base a la proporción de población mayor de 65
respecto a la menor de 16 años en el municipio con los últimos datos
del INE publicados.
Se puntuará de la siguiente manera:
– 1 puntos si la proporción es mayor o igual a 5;
– 0 puntos si la proporción es menor a 2;
– Entre 0 y 1 puntos si la proporción está entre 5 y 2. La puntuación
se calculará mediante interpolación lineal.

1

Densidad de población.

Se puntuará en base a la densidad de población respecto a los
últimos datos publicados por el INE en 2021.
Se puntuará de la siguiente manera:
– 1 puntos si la densidad de población es mayor o igual a 50;
– 0 puntos si la proporción es menor a 8;
– Entre 0 y 1 puntos si la densidad de población está entre 50 y 8.
La puntuación se calculará mediante interpolación lineal.

1

f.2) Solicitud de ayuda para la ejecución de proyectos en municipios de hasta 5.000 habitantes.

4

Municipios con igual o menos de 500 habitantes.

4

Municipios con entre 501 y 1.000 habitantes.

3

Municipios con entre 1.001 y 5.000 habitantes.

2

f.3) Que se haya procedido al cierre o a la autorización de cierre durante el periodo 2018-2023 de minas de carbón, centrales
térmicas de carbón o nucleares en el municipio donde esté ubicado el proyecto.

7

Se puntuará de la siguiente manera:
– 7 puntos: Si se cumple este requisito;
– 0 puntos: Si no se cumple este requisito.
100

En la convocatoria podrán establecerse puntuaciones mínimas en los diferentes
criterios necesarias para que el proyecto sea susceptible de ser financiado.
Artículo 19.

Procedimiento de evaluación.

1. El órgano instructor realizará las actuaciones que estime necesarias de las
definidas en el artículo 24.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y verificará que los
solicitantes de las ayudas reguladas en esta orden y en la convocatoria correspondiente,

cve: BOE-A-2023-26428
Verificable en https://www.boe.es

Puntuación total máxima.