III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2023-26428)
Orden TED/1381/2023, de 21 de diciembre, por la que se regulan las bases para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a proyectos de infraestructuras ambientales, sociales y digitales en municipios de zonas afectadas por la transición energética en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se procede a la convocatoria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Miércoles 27 de diciembre de 2023

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4. Las ayudas de terceros podrán ser dinerarias o en especie, si bien estas últimas
no podrán cuantificarse ni computar como parte del gasto total incurrido para la ejecución
del proyecto.
Artículo 10. Cumplimiento de hitos y objetivos y de los Acuerdos Operativos entre la
Comisión Europea y España.
1. Estas ayudas están incluidas en la medida C10.I01: «Inversiones en Transición
Justa» dentro del Componente 10 «Transición Justa» del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia en la Política Palanca 3. «Transición energética justa e
inclusiva» correspondiente al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico. Las ayudas están sujetas al cumplimiento, ejecución y realización de los
objetivos y los hitos fijados en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; los
conocidos como CID (Council Implementing Decision) que quedan definidos en el
«Anexo de la Propuesta de Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación
de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España».
2. En particular, el objetivo CID asociado a esta actuación es el número 431
recogido en la Adenda del PRTR aprobada.
3. Igualmente, serán de obligado cumplimiento los Acuerdos Operativos entre la
Comisión Europea y España en relación con la medida C10.I01 del PRTR. En particular,
en relación con el objetivo CID 431, se deberán aportar a la Comisión los mecanismos
de verificación que se acuerden.
Este documento incluirá como anexo una hoja de cálculo con la siguiente
información: la lista de los códigos oficiales y los nombres de los proyectos, y para cada
uno de ellos 1) municipio o territorio y Zona de Transición Justa donde se ubica el
proyecto; 2) importe concedido (sin IVA); 3) breve descripción.
Sobre la base de una muestra que seleccionará la Comisión, se presentarán los
siguientes documentos justificativos para cada una de las unidades (proyectos)
seleccionadas: a) breve descripción, b) extracto del pliego de condiciones de la
convocatoria que proporcione la alineación con la descripción del objetivo y la inversión
en la CID, incluido el contenido de los proyectos y su ubicación, c) enlace y copia de la
publicación de la adjudicación en el diario oficial identificando el importe de la
adjudicación (sin IVA).
4. En lo que respecta al cumplimiento parcial o incumplimiento de los compromisos
del PRTR, se estará a lo dispuesto en el artículo 7 de la de la Ley 31/2022, de 23 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, y en concreto a la
regla séptima, conforme a la que en caso de no realizarse el gasto o en caso de
incumplimiento total o parcial de los objetivos previstos, las entidades previstas deberán
reintegrar los fondos recibidos al Tesoro Público.
Cumplimiento del principio de «no causar daño significativo».

Los proyectos subvencionados garantizarán el pleno cumplimiento del principio de
«no causar un perjuicio significativo al medioambiente» (principio do no significant
harm-DNSH) y los objetivos climáticos y digitales, de acuerdo con lo previsto en el
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por Consejo de
Ministros el 27 de abril de 2021, por el Reglamento (UE) número 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece
el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y por lo dispuesto en el artículo 5 de la
Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, así como con lo requerido en la
Propuesta de Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la
evaluación del PRTR de España en todas las fases del diseño y ejecución de los
proyectos y, en particular, incluirán en las licitaciones o encargos que realicen la
necesidad de ajustarse a lo establecido en dichas disposiciones.

cve: BOE-A-2023-26428
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Artículo 11.