III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-26318)
Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Air Nostrum Líneas Aéreas del Mediterráneo, SAU, y su plantilla de tripulantes de cabina de pasajeros.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 26 de diciembre de 2023
Sec. III. Pág. 171755
El orden de elección de los empleados para dar las vacaciones viene dado en
sentido inverso a los puntos acumulados por las vacaciones voluntarias del año en
curso. Es decir, finalizado el ciclo de vacaciones, cada trabajador habrá hecho uso de un
número de puntos determinados. Partiendo de esta base, el orden de preferencia para el
año siguiente será inverso al número de puntos utilizados en el año inmediato anterior o,
de persistir la igualdad, el siguiente anterior, y así sucesivamente en años anteriores
posteriores. En caso de empate se seguirá el criterio de fecha de recepción de la
solicitud y de la antigüedad.
Los puntos que se asignan a cada TCP según los días de vacaciones voluntarias
asignados se rigen por la siguiente tabla.
Tabla de puntuación
Mes
Fechas
N.º de puntos/día
1 al 7
8 puntos
8 al 31
0 puntos
Febrero.
1 al 28
0 puntos
Marzo.
1 al 31
2 puntos
Abril.
1 al 30
4 puntos
Mayo.
1 al 31
5 puntos
Junio.
1 al 15
7 puntos
16 al 30
10 puntos
1 al 15
11 puntos
16 al 31
11 puntos
Agosto.
1 al 31
12 puntos
Septiembre.
1 al 15
10 puntos
16 al 30
7 puntos
Octubre.
1 al 31
5 puntos
Noviembre.
1 al 30
0 puntos
Del 1 al 15
5 puntos
Del 15 al 31
8 puntos
Enero.
Julio.
Diciembre.
Las vacaciones disfrutadas en fechas coincidentes con los festivos nacionales y de
cada base en la que se esté asignado/a, tendrán una puntuación adicional de 2 puntos
por día.
La Semana Santa tendrá una puntuación de 3 puntos adicionales por día, desde el
Jueves Santo hasta el lunes siguiente, ambos incluidos.
Una vez concedidas las vacaciones, en caso de que se solicite su modificación por
el/a trabajador/a, este cambio no afectará en cuestión de puntuación para la elección de
las vacaciones del año siguiente.
La programación provisional de las vacaciones de los/as TCP con contrato indefinido
se publicará antes del fin del año anterior. Las fechas individuales de disfrute serán
confirmadas a cada TCP con dos meses de antelación a la fecha de inicio de cada
periodo de vacaciones.
Podrá acumularse el disfrute de las vacaciones después del permiso por nacimiento,
pudiéndose aplazar el disfrute pendiente de las generadas en el año anterior, para el año
siguiente.
cve: BOE-A-2023-26318
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 308
Martes 26 de diciembre de 2023
Sec. III. Pág. 171755
El orden de elección de los empleados para dar las vacaciones viene dado en
sentido inverso a los puntos acumulados por las vacaciones voluntarias del año en
curso. Es decir, finalizado el ciclo de vacaciones, cada trabajador habrá hecho uso de un
número de puntos determinados. Partiendo de esta base, el orden de preferencia para el
año siguiente será inverso al número de puntos utilizados en el año inmediato anterior o,
de persistir la igualdad, el siguiente anterior, y así sucesivamente en años anteriores
posteriores. En caso de empate se seguirá el criterio de fecha de recepción de la
solicitud y de la antigüedad.
Los puntos que se asignan a cada TCP según los días de vacaciones voluntarias
asignados se rigen por la siguiente tabla.
Tabla de puntuación
Mes
Fechas
N.º de puntos/día
1 al 7
8 puntos
8 al 31
0 puntos
Febrero.
1 al 28
0 puntos
Marzo.
1 al 31
2 puntos
Abril.
1 al 30
4 puntos
Mayo.
1 al 31
5 puntos
Junio.
1 al 15
7 puntos
16 al 30
10 puntos
1 al 15
11 puntos
16 al 31
11 puntos
Agosto.
1 al 31
12 puntos
Septiembre.
1 al 15
10 puntos
16 al 30
7 puntos
Octubre.
1 al 31
5 puntos
Noviembre.
1 al 30
0 puntos
Del 1 al 15
5 puntos
Del 15 al 31
8 puntos
Enero.
Julio.
Diciembre.
Las vacaciones disfrutadas en fechas coincidentes con los festivos nacionales y de
cada base en la que se esté asignado/a, tendrán una puntuación adicional de 2 puntos
por día.
La Semana Santa tendrá una puntuación de 3 puntos adicionales por día, desde el
Jueves Santo hasta el lunes siguiente, ambos incluidos.
Una vez concedidas las vacaciones, en caso de que se solicite su modificación por
el/a trabajador/a, este cambio no afectará en cuestión de puntuación para la elección de
las vacaciones del año siguiente.
La programación provisional de las vacaciones de los/as TCP con contrato indefinido
se publicará antes del fin del año anterior. Las fechas individuales de disfrute serán
confirmadas a cada TCP con dos meses de antelación a la fecha de inicio de cada
periodo de vacaciones.
Podrá acumularse el disfrute de las vacaciones después del permiso por nacimiento,
pudiéndose aplazar el disfrute pendiente de las generadas en el año anterior, para el año
siguiente.
cve: BOE-A-2023-26318
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 308