III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2023-26321)
Resolución de 15 de diciembre de 2023, del Organismo Autónomo Parques Nacionales, por la que se publica el Convenio con la Oficina Española de Cambio Climático y la Agencia Estatal de Meteorología, para facilitar el seguimiento del cambio global en la Red de Parques Nacionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308

Martes 26 de diciembre de 2023

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Tercera. Actuaciones de las partes.
Corresponde al OAPN:

a) Ejercer la función de coordinación de las acciones derivadas del presente convenio.
b) Gestionar y mantener las estaciones meteorológicas de su titularidad que toman
datos «in situ» en diferentes parques nacionales asegurando su correcto funcionamiento,
así como aportar sus datos meteorológicos a las bases de datos de la RSCG para su
uso y difusión.
c) Mantenimiento y gestión de la base de datos de la RSCG, alimentada con los
datos históricos de la RSCG y de aquellos que puedan incorporarse a ella en un futuro,
de acuerdo con las condiciones y estándares de calidad y uso público establecidos en el
marco del presente convenio.
d) Incorporar a la base de datos de la RSCG, en la medida que resulte posible y
adecuado, los datos de otras estaciones meteorológicas o boyas ya existentes en la Red
de Parques Nacionales o en su entorno, pertenecientes a otras instituciones no firmantes
de este convenio, previo análisis de su compatibilidad, de acuerdo con las condiciones y
estándares de calidad establecidos en el marco del presente convenio. La incorporación
a las bases de datos de la RSCG de datos generados por instituciones que no son
partes en el convenio puede conllevar otras condiciones de uso.
e) Integrar el Seguimiento del Cambio Global en el «Plan de seguimiento y
evaluación de la Red de Parques Nacionales» de forma que los datos tomados en todas
las iniciativas de seguimiento del cambio global desarrolladas en los parques nacionales
puedan quedar incorporadas en el mencionado plan.
f) Promover y realizar análisis de los datos resultantes tanto de este proyecto, como
de las diversas iniciativas incluidas en el Plan de seguimiento y evaluación de la Red de
Parques Nacionales, generando productos que sean de interés general tanto para la Red
como para las partes del presente convenio.
g) Implicar a los gestores de los parques nacionales en el desarrollo del proyecto,
para que den apoyo al mantenimiento preventivo y la vigilancia de la red de estaciones
meteorológicas actuales o futuras que estén en su parque, buscando, de común
acuerdo, la aportación de medios personales y materiales adicionales para la
consecución de los objetivos perseguidos y la buena marcha del proyecto.
h) Colaborar en la formación dirigida al personal de los parques nacionales, acerca
del mantenimiento preventivo de las estaciones meteorológicas terrestres, de acuerdo
con AEMET y con la administración gestora de cada uno de ellos, de forma que este
personal quede capacitado para colaborar con AEMET en la realización de estas tareas.
i) Incorporar al Sistema de Información de la Red de Parques Nacionales
información relativa a proyectos de investigación de la convocatoria del OAPN o de los
PPNN, que estén relacionados con el cambio global.
j) Promover la inclusión en la convocatoria anual de subvenciones del Programa de
Investigación de la Red de Parques Nacionales como línea prioritaria la financiación de
proyectos de investigación relacionados con el cambio global, así como la difusión de los
resultados de las investigaciones que se lleven a cabo.
k) Suscribir acuerdos, protocolos, convenios o contratos que resulten precisos con
las organizaciones o instituciones adecuadas para la toma y gestión de datos
meteorológicos u oceanográficos poniéndolos a disposición del proyecto de Seguimiento
del Cambio Global.
l) Buscar sinergias de la RSCG con otros seguimientos realizados por entidades o
instituciones en parques nacionales, su entorno o en áreas que permitan realizar análisis
a distintas escalas, generando un mayor conocimiento o una mayor aproximación.
m) Apoyar eventualmente a las entidades firmantes en la ejecución de tareas que
redunden en el cumplimiento de acciones a realizar dentro del convenio.
n) Promover, con la colaboración del resto de entidades, la redacción de informes,
la elaboración de documentación y materiales, así como la organización de eventos para

cve: BOE-A-2023-26321
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