II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-26236)
Resolución de 14 de diciembre de 2023, de la Universidad Pompeu Fabra, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 25 de diciembre de 2023

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Las solicitudes también se pueden presentar por cualquiera de los medios
establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento
administrativo común de las administraciones públicas, que son los siguientes:
a) En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a que se refiere el
artículo 2.1 de esta Ley 39/2015.
b) En las oficinas de correos del estado español, de acuerdo con el Reglamento por
el que se regula la prestación de los servicios postales, en desarrollo de lo establecido
en la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de
los usuarios y del mercado postal.
c) A las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el
extranjero.
d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
3.3 Junto con la solicitud y dentro del plazo establecido en la base 3.2, las personas
candidatas deben adjuntar la documentación siguiente:
a) Copias de los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos
específicos de la base 2.2.
b) Copia de la certificación acreditativa del nivel C1 de catalán de la Generalitat de
Catalunya o equivalente, o solicitud de acogerse a la excepción prevista en la base 2.3.
c) Justificante del pago de la tasa.
d) En el caso de exenciones o bonificaciones, según lo establecido en la base 3.4,
también será necesario aportar la documentación siguiente:
d.1) Documento expedido por la correspondiente administración donde se certifique
que se encuentra en situación de paro
d.2) Documento expedido por la correspondiente administración donse se certifique
que no se percibe ninguna prestación económica.
3.4 Las personas aspirantes deben satisfacer la tasa de 72,05€ en concepto de
derechos, de acuerdo con la Orden PRE/112/2023, de 9 de mayo, por la que se hace
pública la relación de tasas vigentes que gestionan el Departamento de la Presidencia y
los organismos y las entidades que dependen de ella. Sobre este importe, se aplicarán
las exenciones o bonificaciones establecidas en la misma orden.
En el caso de que la presentación de la solicitud se realice mediante el registro
electrónico, el pago de la tasa deberá efectuarse con tarjeta bancaria seleccionando TPV
Terminal en Punto de Venta al final del trámite.
En caso de que la presentación de la solicitud sea de forma presencial, el pago debe
efectuarse en cualquiera de las oficinas del Banco de Sabadell, mediante ingreso en caja
o por transferencia electrónica, en la cuenta corriente número ES18 0081 0603 0400
0137 0247, «Universidad Pompeu Fabra. Cuenta restringida de ingresos: PDI». Habrá
que indicar como nombre del remitente el del mismo aspirante. El resguardo del pago
debe adjuntarse como documentación de la solicitud.
Para los casos de exenciones o bonificaciones de pago, será necesario adjuntar la
acreditación del motivo, tanto si se realiza la presentación de la solicitud por medio
electrónico como si se efectúa de forma presencial. La no presentación de esta
acreditación determinará la exclusión en este concurso.
La falta del pago de la tasa o el pago incompleto en el plazo de presentación de
solicitudes determina la exclusión de la candidatura. Por lo tanto, no se podrá formalizar
el pago en el plazo de enmiendas. Para acreditar el pago se debe adjuntar el
comprobante a la solicitud.
Las tasas satisfechas no serán objeto de devolución en caso de exclusión de la
convocatoria por falta de cumplimiento de los requisitos, así como tampoco por causa de
renuncia de la persona aspirante, o por otras causas que impidan su participación en el
proceso selectivo, excepto por causa de fuerza mayor que habrá que acreditar.

cve: BOE-A-2023-26236
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Núm. 307