II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-26236)
Resolución de 14 de diciembre de 2023, de la Universidad Pompeu Fabra, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 25 de diciembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 171284

También pueden presentarse a los concursos de acceso las personas que se hayan
habilitado según el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema
de habilitación nacional para el acceso a cuerpos de funcionarios docentes universitarios
y el régimen de los concursos de acceso respectivos.
De acuerdo con el artículo 9.4 del Real Decreto 1313/2007, no podrán participar en
este concurso de acceso a las plazas de cuerpos docentes universitarios las personas
que no hayan ejercido durante al menos dos años una plaza anteriormente obtenida por
concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios.
2.3 Las personas aspirantes deben poseer un nivel de catalán que asegure la
competencia del profesorado para participar con adecuación y corrección a las
situaciones comunicativas que requieren las tareas académicas, de manera que queden
garantizados los derechos lingüísticos de los estudiantes, tal como prevé el
Decreto 128/2010, de 14 de septiembre, sobre la acreditación del conocimiento
lingüístico del profesorado de las universidades del sistema universitario de Cataluña.
Previamente al nombramiento de funcionario de la Universidad Pompeu Fabra, la
persona candidata escogida podrá optar entre la acreditación del conocimiento o el
aplazamiento de esta acreditación por un periodo máximo de dos años. La acreditación
de esta competencia lingüística y la participación en las acciones formativas necesarias
para alcanzarla y mantenerla forman parte de las obligaciones ordinarias y evaluables
del profesorado.
2.4 Los requisitos señalados en la base 2 deberán haberse adquirido a la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de
la toma de posesión y durante su vigencia.
3.

Solicitudes

3.1 Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria deben dirigirse a la
rectora de la Universidad Pompeu Fabra y deben formalizarse mediante el formulario del
trámite electrónico específico publicado en la web de la Universidad Pompeu Fabra
siguiente:
http://www.upf.edu/web/personal/ofertes-pdi
Al finalizar el trámite, la persona solicitante recibirá por correo electrónico un
comprobante de confirmación del registro de entrada de la solicitud. En caso de no
recibir este correo querrá decir que el registro de entrada no se ha formalizado.
3.2 Las solicitudes deben presentarse a partir del día siguiente al de la publicación
de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) hasta el 24 de enero
de 2024.
En la página web de la Universidad Pompeu Fabra se puede consultar el calendario
de días inhábiles:
https://seuelectronica.upf.edu/registre-electronic#Calendari%20de%20dies%20inh
%C3 %A0bils
A los efectos de esta convocatoria se consideran también inhábiles los periodos de
cierre de la UPF publicados en la página web siguiente: https://www.upf.edu/web/
registre-general.
Las solicitudes también se pueden presentar de manera presencial en el Registro de
la Universidad Pompeu Fabra (calle de la Mercè, 12, 08002 Barcelona), en cualquiera de
sus sedes, en el horario que se especifica en la web de la Universidad https://
www.upf.edu/web/registre-general. En este caso, se deberá presentar mediante el
formulario específico que se puede obtener en la web de la UPF http://www.upf.edu/web/
personal/ofertes-pdi

cve: BOE-A-2023-26236
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 307