I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2023-26102)
Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.
237 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306

Sábado 23 de diciembre de 2023

Sec. I. Pág. 170330

NOTA VERBAL:
La Representación Permanente de Ucrania ante el Consejo de Europa saluda
atentamente a su Secretaria General y tiene el honor de transmitirle, en nombre del
Gobierno de Ucrania, la siguiente información relativa a las medidas de suspensión de
sus obligaciones dimanantes del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos
y de las Libertades Fundamentales, en virtud del Decreto Presidencial n.º 451/2023,
de 26 de julio de 2023, por el que se prorroga la vigencia de la ley marcial en Ucrania por
un plazo de 90 días, desde las 5.30 horas del 18 de agosto de 2023, aprobado mediante
la Ley n.º 3275-IX, de 26 de julio de 2023, por la que se aprueba el Decreto Presidencial
por el que se prorroga la vigencia de la ley marcial en Ucrania.
La Representación Permanente de Ucrania ante el Consejo de Europa aprovecha la
oportunidad para reiterar a su Secretaria General la expresión de su más alta
consideración.
Adjunto: Comunicación de medidas sobre la suspensión de obligaciones.
(sello) Estrasburgo, 25 de agosto de 2023.
Secretaria General del Consejo de Europa.
Estrasburgo.»
MOLDAVIA.
26-09-2023 COMUNICACIÓN.
«En virtud del artículo 15 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos
y de las Libertades Fundamentales, la Representación Permanente de la República de
Moldavia ante el Consejo de Europa desea notificar que, el 21 de septiembre de 2023, el
Parlamento de la República de Moldavia ha aprobado la prórroga del estado de
emergencia durante un periodo de 60 días, del 2 de octubre de 2023 al 30 de noviembre
de 2023, en todo el territorio de la República de Moldavia, por la situación relativa a la
seguridad regional y la amenaza que ello supone para la seguridad nacional(3). Se
adjunta a la presente nota la decisión del Parlamento.

La Decisión del Parlamento de 21 de septiembre contiene las mismas disposiciones
que la decisión anterior sobre la prórroga del estado de emergencia, la Decisión n.º 244,
de 31 de julio de 2023, notificada mediante la nota verbal n.º FRA-CoE/352.2/287, y
contiene idénticas disposiciones, incluido el artículo 6, siempre y cuando el actual estado
de emergencia no afecte a la organización y desarrollo de elecciones en el territorio de la
República de Moldavia.
Las medidas existentes, ya en vigor o que se contempla aplicar durante el periodo
del estado de emergencia mencionado, implican o pueden implicar restricciones como:
ordenar, si fuera necesario, que se establezca un régimen especial de entrada y salida
del país; establecer un régimen especial para el uso del espacio aéreo; establecer un
régimen especial de circulación en el territorio, incluida la circulación y el control de
mercancías; expulsar del territorio nacional a personas cuya presencia pudiera alterar el
orden público y la seguridad del país; evacuar temporalmente a la población de las
zonas en las que exista un riesgo para la vida y proporcionarles obligatoriamente
alojamiento provisional o permanente; destinar medios económicos a la aplicación de las
directrices de la Comisión para las situaciones excepcionales de la República de
Moldavia, si fuera necesario; establecer un régimen de trabajo especial para los actores
económicos y las instituciones públicas, resolver otras cuestiones relacionadas con sus
actividades, necesarias para llevar a cabo las operaciones de salvamento y rescate y
otras operaciones urgentes; prohibir las concentraciones, manifestaciones públicas y

cve: BOE-A-2023-26102
Verificable en https://www.boe.es

(3)
Decisión del Parlamento de la República de Moldavia n.º 308, de 21 de septiembre de 2023, sobre la
prórroga del estado de emergencia.