I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2023-26102)
Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306

Sábado 23 de diciembre de 2023

Sec. I. Pág. 170329

UCRANIA.
28-08-2023 NOTA VERBAL.
«REPRESENTACIÓN PERMANENTE DE UCRANIA ANTE EL CONSEJO DE
EUROPA.
N.º 31011/32-119-101379.

cve: BOE-A-2023-26102
Verificable en https://www.boe.es

del país; establecer un régimen especial para el uso del espacio aéreo; establecer un
régimen especial de circulación en el territorio, incluida la circulación y el control de
mercancías; expulsar del territorio nacional a personas cuya presencia pudiera alterar el
orden público y la seguridad del país; evacuar temporalmente a la población de las
zonas en las que exista un riesgo para la vida y proporcionarles obligatoriamente
alojamiento provisional o permanente; destinar medios económicos a la aplicación de las
directrices de la Comisión para las situaciones excepcionales de la República de
Moldavia, si fuera necesario; establecer un régimen de trabajo especial para los actores
económicos y las instituciones públicas, resolver otras cuestiones relacionadas con sus
actividades, necesarias para llevar a cabo las operaciones de salvamento y rescate y
otras operaciones urgentes; prohibir las concentraciones, manifestaciones públicas y
otras acciones multitudinarias; prohibir la creación y la actividad de grupos paramilitares
de personas en el territorio del Estado; ordenar, en caso necesario, la interrupción
temporal del suministro de gas, energía y agua potable; adoptar las decisiones
necesarias para emprender acciones rápidas de suministro de gas natural, electricidad y
otras fuentes de energía, incluso mediante la suspensión de disposiciones legales;
coordinar la actividad de los medios de comunicación en relación con la introducción de
reglas especiales de uso de las telecomunicaciones, la lucha contra la desinformación,
las noticias falsas y los discursos de odio; prohibir el despido de empleados, salvo en los
casos previstos por la normativa vigente, durante este periodo; modificar el
procedimiento para el nombramiento y cese de los responsables de los actores
económicos y de las instituciones públicas; la participación de los ciudadanos en la
prestación de servicios de interés público con arreglo a la Ley; requisar bienes, según lo
previsto por la ley, para prevenir y eliminar las consecuencias de las situaciones que han
provocado la declaración del estado de emergencia; ejecutar las acciones necesarias
para prevenir y eliminar las consecuencias de las situaciones que han provocado la
declaración del estado de emergencia; adoptar las medidas necesarias para la gestión
de los flujos migratorios; acceder a la asistencia internacional mientras dure el estado de
emergencia y gestionarla.
La aplicación de estas medidas ha obligado a la República de Moldavia a suspender,
en virtud del artículo 15 del Convenio para la protección de los derechos humanos y de
las libertades fundamentales, la aplicación de ciertas disposiciones del Convenio y de
sus Protocolos.
En un contexto de graves amenazas para la seguridad nacional en las proximidades
de la frontera terrestre entre la República de Moldavia y Ucrania, incluidas las de
naturaleza humanitaria, económica, energética y militar, que se derivan de la guerra que
continúa en el territorio de Ucrania, las anteriores medidas resultan esenciales y
cruciales para la protección de la seguridad nacional del país.
En virtud del párrafo 3 del artículo 15 del Convenio para la protección de los
derechos humanos y de las libertades fundamentales, la Representación Permanente de
la República de Moldavia ante el Consejo de Europa informará a su Secretario General
de la evolución de la situación en relación con el estado de emergencia, así como del
momento en que esas medidas y suspensiones hayan dejado de estar en vigor y las
disposiciones del Convenio vuelvan a tener plena aplicación en el territorio de la
República de Moldavia.
Enlace a la Decisión n.º 133 del Parlamento sobre la prórroga del estado de
emergencia (únicamente en inglés).»