I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2023-26102)
Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.
237 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306

Sábado 23 de diciembre de 2023

Sec. I. Pág. 170392

e) cualquier otro derecho o garantía no contractual no comprendido en la
declaración de conformidad con el apartado a) del párrafo 1 del artículo 39 del
Convenio; podrán inscribirse en virtud del presente Convenio respecto a objetos
aeronáuticos como si esos derechos o garantías fueran garantías internacionales, y
serán reglamentados como tales.
Declaración en virtud del artículo 53.
La República de Chipre declara que los tribunales de distrito de la República de
Chipre serán los tribunales competentes para los efectos del artículo 1 y del capítulo XII
del Convenio.
Declaración en virtud del párrafo 2 del artículo 54.
La República de Chipre declara que todo recurso de que disponga el acreedor de
conformidad con cualquiera de las disposiciones del Convenio, y cuyo ejercicio no esté
subordinado en virtud de las disposiciones pertinentes a una petición al tribunal, podrá
ejercerse sin la autorización del mismo.»
– NITI 20011116201.
PROTOCOLO SOBRE CUESTIONES ESPECÍFICAS DE LOS ELEMENTOS DE
EQUIPO
AERONÁUTICO,
DEL
CONVENIO
RELATIVO
A
GARANTÍAS
INTERNACIONALES SOBRE ELEMENTOS DE EQUIPO MÓVIL.
Ciudad del Cabo, 16 de noviembre de 2001. BOE: 01-02-2016, n.º 27.
CHIPRE.
20-07-2023 ADHESIÓN.
01-11-2023 ENTRADA EN VIGOR, con la siguiente declaración:
DECLARACIÓN:
«Declaración en virtud del párrafo 1 del artículo XXX con respecto al artículo XIII
De conformidad con el párrafo 1 del artículo XXX del Protocolo sobre cuestiones
específicas de los elementos de equipo aeronáutico, del Convenio relativo a garantías
internacionales sobre elementos de equipo móvil (Protocolo aeronáutico), la República
de Chipre declara que aplicará el artículo XIII.»
– NITI 20050630201.
CONVENIO SOBRE ACUERDOS DE ELECCIÓN DE FORO.
La Haya, 30 de junio de 2005. DOUE: L 133 de 29-05-2009.
UCRANIA.
28-04-2023 RATIFICACIÓN.
01-08-2023 ENTRADA EN VIGOR.

CONVENIO SOBRE EL COBRO INTERNACIONAL DE ALIMENTOS PARA LOS
NIÑOS Y OTROS MIEMBROS DE LA FAMILIA.
La Haya, 23 de noviembre de 2007. DOCE: L 192 de 22-07-2011.

cve: BOE-A-2023-26102
Verificable en https://www.boe.es

– NITI 20071123201.