III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-26159)
Resolución de 14 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe ambiental estratégico conjunto de la revisión de los Planes Especiales de Sequía de las Demarcaciones Hidrográficas Intercomunitarias, Ceuta y Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 23 de diciembre de 2023

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menor duración y frecuencia en algunas masas de agua en Portugal, incluidas algunas
que dan soporte a espacios de la Red Natura 2000.
En la demarcación del Miño-Sil se dan estas circunstancias en la masa de agua
superficial Río Louro 1, que aun dando en España soporte al espacio Natura 2000 ZEC
ES1140011 Gándaras de Budiño ha visto reducido su caudal ecológico mínimo en sequía
prolongada, desembocando posteriormente en el tramo internacional del Miño donde
confluyen los espacios fronterizos ES1140007 Baixo Miño y PTCON0019 Río Minho.
En la Demarcación Hidrográfica del Duero, también se da este caso en la masa de
agua superficial denominada río Manzanas 2 (30400807), límite con la República
Portuguesa, donde se establecen caudales ecológicos reducidos en sequía prolongada,
con el agravante de que esta masa de agua fronteriza asienta varios espacios de la Red
Natura 2000, tanto en España (ES4190132, ZEC Riberas del río Manzanas y afluentes)
como en Portugal (PTCON0002 Montesinho / Nogueira, PTCON0021 Ríos Sabor e
Maças, PTZPE0137 Ríos Sabor e Maças). Algo similar ocurre en la masa de agua Río
Tormes 14 (30400412) que desemboca en el Duero en los espacios fronterizos
Natura 2000 ES0000118 Arribes del Duero y PTCON0022 y PTZPE0038 Douro
Internacional, y la masa de agua Río Huebra 5 que desemboca en el Duero en la
confluencia de los espacios fronterizos anteriormente mencionados, además de dar
soporte en España al ZEC ES4150064 Riberas de los Ríos Huebra, Yeltes, Uces y
afluentes y a la ZEPA ES0000427 Riberas del río Huebra y Yeltes.
Por su parte, en la demarcación del Guadiana, para la masa Río Olivenza II, se prevé
reducción en sequía prolongada del caudal ecológico mínimo, y su tramo inferior forma
parte del ZEC ES4310027 Río Guadiana Internacional, que es fronterizo con el espacio
portugués PTCON0032 Río Guadiana / Juromenha. El PES del Guadiana prevé, para la
UTE 21 (Chanza-Andévalo) y como medida frente a situaciones graves de escasez, un
bombeo de emergencia en Bocachanza (tramo internacional) que podrá activarse en las
condiciones que se acuerden con Portugal, sin más datos. Esta actuación puede afectar
en España a la ZEC ES6150018 Río Guadiana y Ribera de Chanza y en Portugal a la
ZEC PTCON0036 Guadiana, además de afectar el grado de penetración de la cuña
salina por el estuario.
Estos efectos no han sido considerados ni evaluados adecuadamente en los
documentos ambientales de los PES de estas demarcaciones, nilos posibles efectos
provocados por las medidas de incremento del recurso disponible que supongan una
detracción de agua de masas de agua de España que fluyen hacia Portugal o sean de
carácter fronterizo, no pudiendo ser directamente descartados.
La Subdirección General de Planificación Hidrológica hace referencia a las
obligaciones y mecanismos de intercambio de información y cooperación derivados del
Convenio sobre cooperación para la protección y el aprovechamiento sostenible de las
aguas de las cuencas hidrográficas hispano-portuguesas (Convenio de Albufeira), y a la
Declaración conjunta de la XXXIII Cumbre hispano-portuguesa en Viana do Castelo,
como justificantes de la ausencia de impactos de los PES de las cuencas compartidas
sobre el medio ambiente de Portugal y de la no necesidad de consultas transfronterizas.
No obstante, la existencia del Convenio de Albufeira no excluye de la aplicación de la
normativa sobre evaluación ambiental, como recoge el propio convenio en sus artículos 8 y 9
para los efectos transfronterizos. Los documentos ambientales estratégicos de los PES de las
demarcaciones compartidas no analizan qué efectos transfronterizos provocan las decisiones
y medidas que toman los PES, dándolos por positivos.
La citada Declaración conjunta de la XXXIII Cumbre hispano-portuguesa reconoce la
situación de extrema gravedad derivada de la sequía, la necesidad de hacer un
seguimiento más detallado del cumplimiento de los caudales comprometidos por el
convenio, de armonizar los indicadores de sequía y de escasez que usan ambos estados
y de caracterizar las situaciones excepcionales de sequía y de escasez de recursos
recogidas en el artículo 19 del convenio. Siendo la definición de los indicadores de
sequía y de escasez de la parte española de las demarcaciones compartidas una de las
decisiones que adoptan los PES del Miño-Sil, Duero, Tajo y Guadiana, lo señalado en la

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Núm. 306