III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-26159)
Resolución de 14 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe ambiental estratégico conjunto de la revisión de los Planes Especiales de Sequía de las Demarcaciones Hidrográficas Intercomunitarias, Ceuta y Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306

Sábado 23 de diciembre de 2023

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específicas disponibles para entrar en funcionamiento, cuando se ponga en marcha el
operativo extraordinario de gestión de la sequía y las de reposición de los volúmenes
movilizados.
La Dirección General de Medio Natural y Evaluación Ambiental de la Generalitat
Valenciana señala que, en el actual contexto de cambio climático, las «importantes
recargas» esperadas en periodos húmedos posteriores a los periodos de mayor
explotación de aguas subterráneas durante las sequías pueden verse reducidas.
Carácter acumulativo de los efectos.

La reducción automática de los caudales ecológicos mínimos en los meses en que
los umbrales del PES determinen la existencia de sequía prolongada debe suponer una
reducción automática del hábitat potencial útil, y producirá un efecto acumulado y
sinérgico con el paralelo deterioro del resto de parámetros físico-químicos que definen
las condiciones de soporte de la comunidad biológica: aumento de temperatura,
incremento de la concentración de contaminantes, reducción del oxígeno disuelto, etc. El
PES menciona este efecto, pero concluye que no existe una correlación clara entre el
índice de sequía y el empeoramiento de la calidad físico-química de las masas de agua,
sin aportar datos que soporten dicha afirmación. Por ejemplo, en la Demarcación
Hidrográfica del Duero, las masas seleccionadas para hacer este análisis son el río
Pisuerga a su paso por Simancas (30400375), y el Río Duero a su paso por Zamora
(30400397), tramos de río regulados y muy caudalosas donde la declaración de sequía
prolongada no implica una reducción automática del caudal real, con independencia de
la reducción adoptada para el caudal ecológico mínimo en sequía. Puesto que las
medidas aplicadas por el PES se basan en la reducción automática de los caudales
ecológicos, para poder concluir que este evento no afecta a las masas, debería
relacionarse el estado de los parámetros biológicos y físico-químicos con el caudal que
realmente circula por dicha masa, en lugar de con la declaración de sequía prolongada.
En cualquier caso, la gravedad, duración y reversibilidad de estos impactos acumulados
y sinérgicos depende, entre otros factores, de la duración y frecuencia de los periodos en
que se reduzcan los caudales ecológicos mínimos por efecto de la definición del umbral
de sequía prolongada que hagan los planes especiales de sequía.
En el caso de los PES de demarcaciones intercomunitarias en que en situaciones de
prealerta, alerta o emergencia por escasez se prevé incremento de extracciones de
aguas subterráneas o activación de pozos de sequía, ante el claro carácter acumulado
del efecto del conjunto de dichas extracciones sobre las masas de agua afectadas, se
hace preciso definir el marco espacial y temporal que resulte más adecuado para la
evaluación de los efectos de este tipo de medida, ya sea a escala de plan o de
proyectos. Por ello, al ser el PES el marco de todas las futuras actuaciones frente a
eventuales episodios de sequía o de escasez coyuntural, una adecuada evaluación
ambiental estratégica debe profundizar más en los efectos del incremento de la
utilización de las aguas subterráneas y de la activación de los pozos de sequía sobre las
principales masas de agua subterránea afectadas en cada UTE donde se prevea su
utilización, así como concluir los criterios que permitan racionalizar y optimizar la
posterior programación del funcionamiento de los pozos de sequía y de su evaluación de
impacto ambiental a escala de proyecto, indicando el ámbito espacial y temporal óptimos
para ambas acciones teniendo plenamente en cuenta sus efectos acumulados y
sinérgicos, por ejemplo requiriendo una única evaluación de impacto ambiental del
conjunto de pozos de sequía que operan sobre la misma masa de agua subterránea.
2.2.c

Carácter transfronterizo de los efectos.

La aplicación de caudales ecológicos mínimos reducidos en época de sequía
prolongada en la parte española de las demarcaciones del Miño-Sil, Duero, Tajo y
Guadiana, en una duración y frecuencia que depende de la definición de sequía
prolongada que adopten los PES, puede provocar impactos transfronterizos de mayor o

cve: BOE-A-2023-26159
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2.2.b