III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-26159)
Resolución de 14 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe ambiental estratégico conjunto de la revisión de los Planes Especiales de Sequía de las Demarcaciones Hidrográficas Intercomunitarias, Ceuta y Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 23 de diciembre de 2023

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comunes es la activación de pozos de sequía. Los pozos de sequía son un mecanismo
de movilización de recursos extraordinarios en situación de escasez coyuntural, por lo
que su uso debería tener un carácter puntual. Sin embargo, el PES del Júcar establece
la puesta en funcionamiento de los pozos de sequía en situación de alerta o emergencia
por escasez en la UTE 4, la UTE 6, la UTE 7 y la UTE 9, lo que supone que estén en
funcionamiento entre un 18 % y un 23 % del tiempo. En la UTE 1, la UTE 5 y la UTE 8 se
contempla la puesta en marcha de los pozos de sequía a partir de la fase de prealerta, lo
que supone que los pozos de sequía estén en funcionamiento un 49 %, un 48 % y
un 38 % del tiempo, respectivamente. Estos valores implican que, para cada ciclo de
planificación, los pozos de sequía se encontrarán en funcionamiento al menos un año de
cada seis en aquellas UTE en las que se activan únicamente en fase de alerta y
emergencia, y hasta tres años de cada seis en las UTE en las que los pozos de sequía
se activan desde el estado de prealerta.
La Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático del
Gobierno de Cantabria constata que las acciones y medidas de los PES no han sido
evaluadas desde el punto de vista ambiental, y considera infundada la previsión de los
PES de que «no cabe prever que de la aprobación de los PES puedan derivarse efectos
contrarios a los precisamente perseguidos», reconociendo que una parte de las
actuaciones que los PES incluyen pueden causar impactos que pueden ser relevantes,
al menos sobre la Red Natura 2000, los humedales de importancia internacional y las
masas de agua subterránea.
La Dirección General de Políticas de Montaña y del Litoral del Departamento de
Territorio de la Generalitat de Cataluña señala que la reducción del caudal líquido del río
Ebro y la menor disponibilidad de agua en los embalses para realizar eventuales
avenidas controladas puede tener una afección significativa sobre las aportaciones
anuales de sedimento al litoral, tanto en la actualidad como en la medida que se
implementen acciones para mejorar el tránsito sedimentario en el curso bajo del Ebro
con objeto de revertir el déficit sedimentario que experimenta el frente deltaico, y que es
una de las principales causas de su regresión. Este organismo estima conveniente
monitorizar y tener en cuenta dentro de los impactos ambientales de la sequía
prolongada, y, por ende, en los informes post-sequía, la afección del PES al tránsito
sedimentario del río Ebro, con el objeto de tener información relevante sobre las
consecuencias de este tipo de episodios que se esperan cada vez más frecuentes.
Las declaraciones ambientales estratégicas de los planes hidrológicos del tercer ciclo
ya indicaron la necesidad de dar un tratamiento especial a las masas de agua que
albergan especies protegidas o de interés pesquero o económico, evitando la reducción
de los caudales ecológicos mínimos en sequía prolongada en las masas en que dichas
especies habitan, determinación que finalmente no fue considerada en los planes
aprobados. En tal caso, el impacto derivado de la reducción de caudales ecológicos
mínimos adoptada por los planes hidrológicos en masas de agua habitadas por especies
protegidas o de interés pesquero ahora se concreta en términos de duración y de
frecuencia con la definición que los PES adopten para la sequía prolongada, impacto que
es necesario evaluar y mitigar.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO informa
que algunas especies declaradas en situación crítica por estar en inminente riesgo de
extinción presentan una dependencia directa de los ecosistemas acuáticos, por lo que
podrían verse afectadas por las determinaciones y desarrollo de los planes especiales de
sequía propuestos, mencionando los casos del visón europeo (Mustela lutreola), de la
cerceta pardilla (Marmaronetta angustirostris) o de la náyade auriculada (Margaritifera
auricularia), declaradas especies en situación crítica mediante Orden TEC/1078/2018,
de 28 de septiembre.
Adicionalmente, debe considerarse que en los catálogos de especies amenazadas
de las comunidades autónomas aparecen en las categorías en peligro de extinción o
vulnerable numerosas especies acuáticas que habitan en masas de agua afectadas por
la reducción de caudales ecológicos mínimos en sequía prolongada adoptada a escala

cve: BOE-A-2023-26159
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Núm. 306