III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Energía eléctrica. (BOE-A-2023-26158)
Orden TED/1375/2023, de 21 de diciembre, por la que se inicia el procedimiento para efectuar propuestas de desarrollo de la red de transporte de energía eléctrica con horizonte 2030.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 23 de diciembre de 2023

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Por otra parte, y al igual que se contempló en planificaciones anteriores con el fin
minimizar el impacto ambiental, de optimizar las inversiones ya realizadas y maximizar la
utilización de los pasillos eléctricos existentes, se deberá priorizar la mejora y
actualización de la red existente frente a nuevos trazados e infraestructuras. Estas
actuaciones se podrán llevar a cabo mediante el aumento de capacidad de la red
existente a través de repotenciaciones y del tendido de circuitos múltiples y la utilización
de las nuevas tecnologías. Lo anterior se realizará siempre anteponiendo necesaria
seguridad de suministro y fiabilidad de la red de transporte de energía eléctrica.
Otro de los pilares básicos que debe seguir sustentando la planificación de la red de
transporte de energía eléctrica, al igual que en la planificación vigente, es el envío de las
señales adecuadas a la localización de la generación, primando aquellos proyectos que
maximizan la utilización del recurso renovable con un menor impacto medioambiental.
De esta manera, el bienestar social –en términos de menores costes de generación y
menores impactos ambientales– se maximizará haciéndolo compatible con la transición
a una economía descarbonizada.
Por otro lado, también es previsible que a lo largo de los próximos años entren en
servicio grandes contingentes de plantas de generación renovable que, si bien disponen
de permisos de acceso, podrían sufrir vertidos en determinados momentos en los que el
recurso renovable sea abundante y la demanda baja. A nivel global la planificación podrá
mitigar solo la parte de estos vertidos inherentes a las propias restricciones de la
capacidad de transporte de la red. La nueva red planificada debe de diseñarse de tal
forma que se evite en la medida de lo posible esta pérdida de energía renovable por
causas inherentes a la propia red.
Asimismo, la planificación de la red debe incorporar entre sus fines la eliminación de
las restricciones técnicas estructurales de la red de transporte que causan ineficiencias
económicas en el sistema y un sobrecoste en el precio de la energía que pagan los
consumidores, así como la minimización de las pérdidas provocadas por la existencia de
flujos de energía a la larga distancia para abastecer a los grandes centros de consumo.
La planificación de la red también debe dar respuesta a las necesidades de
interconexión internacional. El Consejo Europeo, en octubre de 2014 insistió en la
necesidad de alcanzar un objetivo mínimo del 10 % de las interconexiones de
electricidad existentes con carácter de urgencia y a más tardar en 2020 y el Reglamento
(UE) 2018/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018,
sobre la gobernanza de la Unión de la Energía y de la Acción por el Clima establece un
objetivo de al menos un 15 % para las interconexiones eléctricas en 2030. Igualmente se
debe avanzar en las conexiones eléctricas entre los territorios no peninsulares con el
objetivo último de facilitar la transición hacia una economía descarbonizada.
Por último, la energía es un factor de localización de la actividad económica, por lo
que la planificación debe dar una respuesta adecuada a las necesidades de nueva
demanda que se identifiquen, incluidas las derivadas del desarrollo de las
infraestructuras para la electrificación de ferrocarril o de los puertos, contribuyendo así a
la generación de riqueza, empleo y la vertebración del territorio.
En consecuencia, el contexto actual y futuro del sistema energético español hace
necesaria una planificación de las infraestructuras del sector de la electricidad que
permita hacer frente de manera efectiva a los retos de carácter tanto económico como
técnico a los que se enfrenta, dando continuidad y un nuevo impulso a la vigente
«Planificación de la red de transporte de electricidad 2021-2026».
Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, resuelvo:
Primero.

Objeto.

El objeto de la presente orden es:
a) Establecer los principios que deben regir la elaboración de la planificación de la
red de transporte de electricidad en el horizonte 2025-2030.

cve: BOE-A-2023-26158
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Núm. 306