III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2023-26155)
Orden ITU/1374/2023, de 22 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a participantes directos y asociados en el Proyecto Importante de Interés Común Europeo de Microelectrónica y Tecnologías de la Comunicación (IPCEI ME/CT), y se procede a la convocatoria anticipada del año 2024, para participantes directos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 23 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 170996

ANEXO I
Descripción de objetivos CID
Objetivo CID número 185 (T4 2024)
Ejecución presupuestaria de al menos 2.531.500.000 euros movilizados en 210
proyectos innovadores, incluidos los relacionados con PERTE aprobados (al menos 3),
que impliquen una transformación real de la industria en términos de eficiencia
energética, sostenibilidad y transformación digital, de conformidad con la Guía técnica
sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58, de 18
de febrero de 2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de
cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional. Los
criterios de selección garantizarán que al menos 455.000.000 euros contribuyan a los
objetivos relacionados con el cambio climático con un coeficiente climático del 100 % y al
menos 1.500.000 euros con un coeficiente climático del 40 %, de conformidad con el
anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12
de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia. Como alternativa, si está bien justificado explicando las razones por las que
el enfoque alternativo no puede ser viable, los criterios de selección garantizarán que al
menos 2.531.500.000 euros contribuyan a los objetivos relacionados con el cambio
climático con, en promedio, un coeficiente climático de al menos el 40 %, de conformidad
con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia. Se movilizarán al menos 3.800.000.000 euros de inversión privada con los
fondos del MRR y el efecto multiplicador de la financiación adicional a estos fondos en la
inversión privada será similar en la fecha del hito, también de conformidad con la Guía
técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C
58, de 18 de febrero de 2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el
requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y
nacional. Este objetivo no se considerará cumplido en caso de que alguna de las
medidas para las que se haya comprometido el presupuesto constituya ayuda estatal de
conformidad con el artículo 107 del TFUE deba notificarse a la Comisión y no haya sido
aprobada por la Comisión a más tardar el 31 de diciembre de 2023.
Indicadores de seguimiento:
El indicador de seguimiento n.º 185.4 «Notificación a la Comisión Europea de las
medidas de ayuda estatal en otros PERTE si es necesario» es el aplicable a este
objetivo.
Mecanismos de verificación del objetivo:
Documento de síntesis que justifique debidamente cómo se ha cumplido el objetivo
(incluyendo los elementos pertinentes del objetivo, tal y como se enumeran en la
descripción del objetivo y de la medida correspondiente en el anexo de la CID).
Este documento incluirá como anexo una hoja de cálculo con los siguientes
elementos y pruebas documentales:
a) la referencia y el enlace del proyecto en la base de datos en la que se ha
concedido la subvención;
b) un identificador único, el nombre, la ubicación, el identificador EUTL si procede, y
una breve descripción del proyecto;
c) el tipo de intervención financiada; y
d) el tamaño del proyecto (presupuesto ejecutado).

cve: BOE-A-2023-26155
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 306