III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2023-26155)
Orden ITU/1374/2023, de 22 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a participantes directos y asociados en el Proyecto Importante de Interés Común Europeo de Microelectrónica y Tecnologías de la Comunicación (IPCEI ME/CT), y se procede a la convocatoria anticipada del año 2024, para participantes directos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 23 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 170997

Sobre la base de una muestra que seleccionará la Comisión, se presentarán las
siguientes pruebas documentales para cada una de las intervenciones (beneficiarios)
seleccionadas:
a) una copia del documento oficial que certifique el importe del presupuesto
ejecutado (sin IVA) y los fondos privados asignados al beneficiario;
b) extracto de las partes pertinentes del pliego de condiciones de la convocatoria
que demuestre la concordancia con la descripción del objetivo y de la inversión en el
anexo CID;
c) extracto de los documentos oficiales que contienen los criterios de selección que
garantizan el cumplimiento de la Orientación Técnica «No causar daños significativos»
(2021/C58/01) de los proyectos seleccionados, tal y como se especifica en el anexo de la
CID, y el nivel previsto de emisiones de GEI por unidad de producto para los proyectos
adjudicados con actividades en el marco del RCCDE;
d) para garantizar el cumplimiento de la DNSH para aquellas actividades que
apliquen las disposiciones de la DNSH para las actividades de I+D+i establecidas en el
anexo CID, se deberá acreditar documentalmente que las actividades subvencionadas
se ajustarán a las especificaciones establecidas en el anexo CID, en particular que:
d1) las acciones de I+D+i incrementarán sustancialmente la sostenibilidad
medioambiental, mediante la estimación de los impactos previstos en cada uno de los
seis objetivos medioambientales establecidos en el Reglamento de Taxonomía para los
que se aporta una contribución sustancial, mediante la preceptiva Evaluación de la
DNSH.I aumentarán sustancialmente la sostenibilidad medioambiental de las empresas,
estimando los impactos previstos en cada uno de los seis objetivos medioambientales
establecidos en el Reglamento de la Taxonomía para los que se prevé una contribución
sustancial, mediante el preceptivo Informe de Evaluación de la DNSH y pidiendo a cada
solicitante un Plan Específico de Eficiencia Energética y Transición;
d2) que las acciones de I+D+i desarrollen o adapten alternativas con el menor
impacto ambiental posible en el sector; y
d3) que las acciones de I+D+i constituyan I+D+i por ir más allá de la réplica de
productos/procesos empresariales ya disponibles de/para otras empresas u
organizaciones del sector, sin que la empresa apoyada realice cambios adicionales o
muy pocos;
e) extracto de los documentos oficiales que contienen los criterios de selección
utilizados para garantizar que se alcancen las cantidades que contribuyen a los objetivos
del cambio climático especificados en la descripción de la medida, de conformidad con el
anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241 del Mecanismo de Recuperación y
Recuperación; y
f) si alguna de las medidas de apoyo constituyera una ayuda estatal de
conformidad con el artículo 107, apartado 1, del TFUE, los documentos incluirán la
referencia a la notificación de la ayuda estatal y de la aprobación por parte de la
Comisión, y en el caso de las medidas de ayuda estatal exentas de la obligación de
notificación (por ejemplo, las medidas cubiertas por el Reglamento general de exención
por categorías o los Reglamentos de minimis), los documentos incluirán una referencia a
la medida pertinente de la que resulte el cumplimiento de las normas aplicables.
Objetivo CID número 186 (T2 2026)
Finalización de al menos 210 proyectos innovadores, incluidos los relacionados con
PERTE aprobados (al menos tres), que impliquen una transformación real de la industria
en términos de eficiencia energética, sostenibilidad y transformación digital, de
conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un
perjuicio significativo» (DO C 58, de 18 de febrero de 2021, p. 1) mediante el uso de una

cve: BOE-A-2023-26155
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Núm. 306