III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2023-26155)
Orden ITU/1374/2023, de 22 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a participantes directos y asociados en el Proyecto Importante de Interés Común Europeo de Microelectrónica y Tecnologías de la Comunicación (IPCEI ME/CT), y se procede a la convocatoria anticipada del año 2024, para participantes directos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306

Sábado 23 de diciembre de 2023

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determinada por la aplicación del principio de proporcionalidad enunciado en el
artículo 17.3.n) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, de la manera siguiente:
a) Las desviaciones que se produzcan como consecuencia de gastos imputados a
actuaciones que no tengan la consideración de gastos subvencionables darán lugar al
reintegro parcial de la ayuda asignada al beneficiario en el porcentaje correspondiente
sobre el total de la ayuda. Cuando dicho porcentaje supere el 80 por ciento, procederá el
reintegro total de la misma.
b) El incumplimiento parcial de la realización de la inversión financiable o de la
obligación de justificación, dará lugar al reintegro parcial de la ayuda asignada a cada
beneficiario en el porcentaje correspondiente a la inversión no efectuada o no justificada.
Cuando dicho porcentaje supere el 80 por ciento de la ayuda concedida, procederá el
reintegro total de la subvención.
Artículo 22.

Mecanismo de reembolso.

Las entidades beneficiarias que reciban una ayuda que supere los 50 millones de
euros estarán sujetas al mecanismo de reembolso definido en el anexo II de esta orden
con arreglo a lo establecido en el anexo I de la Decisión C (2023) 3817 final, de 8 de
junio de 2023 de la Comisión Europea.
Artículo 23. Modificación de la resolución de concesión.
1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 64 y 86 del Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio, y siempre que no se dañen derechos de tercero, se podrá autorizar una
modificación de la orden de concesión cuando concurran las siguientes circunstancias:

En todo caso, para la realización de cualquier cambio en el proyecto que conlleve la
modificación de la orden de concesión, se requerirá que no se sobrepasen los límites
que han sido autorizados por Decisión C (2023) 3817 final, de 8 de junio de 2023 de la
Comisión Europea.
2. La sustitución de elementos del presupuesto financiable por otros con
funcionalidad equivalente dentro de las siguientes categorías no requerirá la solicitud de
modificación de la resolución de concesión, siempre que se cumplan las condiciones que
se especifican:
a) En el caso de colaboraciones externas, podrá sustituirse el colaborador
inicialmente previsto por otro, siempre y cuando las actividades en las que colabore sean
las originales, y el nuevo colaborador tenga capacidad técnica y legal de acometerlas.

cve: BOE-A-2023-26155
Verificable en https://www.boe.es

a) El cambio no afecta a los objetivos fundamentales de la Memoria del proyecto, ni
al cumplimiento del principio DNSH, ni a otros aspectos que hayan sido determinantes
para la concesión de ayuda.
b) Las modificaciones obedecen a causas sobrevenidas que no pudieron preverse
en el momento de la solicitud.
c) El cambio no supone un incremento de la subvención concedida.
d) El cambio no supone prórrogas del plazo de ejecución de las actividades, salvo
la ampliación que, en su caso, conceda de oficio el órgano competente, las cuales, en
cualquier caso, no podrán superar el 30 de junio de 2026.
e) El cambio no implica modificaciones de las cuantías que figuren en la orden de
concesión en que se desglosa el presupuesto conforme a los conceptos indicados en el
artículo 8 de esta orden, que supongan un incremento de más de un 40 por ciento de los
gastos subvencionables totales. Los incrementos serán compensables con
disminuciones de otros conceptos, sin que en ningún caso se incremente el importe de la
subvención total, y sin que se modifique la consecución de los hitos y objetivos del Plan
de Recuperación.