III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2023-26155)
Orden ITU/1374/2023, de 22 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a participantes directos y asociados en el Proyecto Importante de Interés Común Europeo de Microelectrónica y Tecnologías de la Comunicación (IPCEI ME/CT), y se procede a la convocatoria anticipada del año 2024, para participantes directos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306

Sábado 23 de diciembre de 2023
4.º

Sec. III. Pág. 170971

En caso de adquisiciones de equipos:

i. Asegurar la compra de equipos energéticamente eficientes, que sean
absolutamente respetuosos con el Code of Conduct for ICT de la Comisión Europea, y
tomar medidas para que aumente la durabilidad, la posibilidad de reparación, de
actualización y de reutilización de los productos, de los aparatos eléctricos y electrónicos
implantados.
ii. Al finalizar la vida útil de la tecnología digital adquirida esta deberá ser tratada de
acuerdo con la legislación vigente y no tendrá un impacto negativo sobre: el cambio
climático, la adaptación al cambio climático, los recursos hídricos y marinos, la economía
circular, la prevención y control de la contaminación ni la protección y restauración de la
biodiversidad y los ecosistemas.
En cuanto a la ejecución de obras, construcción de edificios o de estructuras:

i) Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 18, los beneficiarios deberán dar
publicidad de la subvención concedida y del órgano concedente en los contratos de
servicios y laborales, así como en cualquier otro tipo de contrato relacionado con la
ejecución de la actuación, incluida la subcontratación, en convenios, publicaciones,
ponencias, equipos, material inventariable, actividades de difusión de resultados y otras
análogas, incluyendo expresamente, el emblema de la Unión y una declaración de
financiación adecuada que indique «financiado por la Unión EuropeaNext Generation EU». Además, deberán publicar la concesión de la ayuda en su página
web con mención expresa del órgano concedente. En caso de que la actuación esté
cofinanciada, los medios de difusión de la ayuda concedida al amparo de esta orden, así
como su relevancia, deberán ser al menos análogos a los empleados respecto a otras
fuentes de financiación. En particular, será de aplicación lo dispuesto a este respecto en
la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, así como lo previsto en la Orden
HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, y la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero.
j) Los beneficiarios garantizarán el pleno cumplimiento del principio de «no causar
perjuicio significativo» (principio do no significant harm-DNSH), de acuerdo con lo
previsto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y por el Reglamento
(UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, en
todas las fases del diseño y ejecución de las actividades objeto de subvención, teniendo
en cuenta la «Guía Técnica de la Comisión Europea (2021/C 58/01) sobre la aplicación
de este principio así como la «Guía para el diseño y desarrollo de actuaciones acordes
con el principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente» publicada por el
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. De acuerdo con lo
anterior, los beneficiarios deberán prever mecanismos específicos de acreditación del
cumplimiento del principio DNSH que aborden los riesgos específicos de la inversión, así

cve: BOE-A-2023-26155
Verificable en https://www.boe.es

1.º Al menos el 70 % (en peso) de los residuos no peligrosos de construcción y
demolición (con exclusión de los materiales naturales de la categoría 17 05 04 de la lista
de residuos establecida por la Decisión generados en la obra de se preparan para la
reutilización, el reciclado y otras formas de valorización de materiales, incluidas las
operaciones de relleno utilizando residuos en sustitución de otros materiales, de
conformidad con la jerarquía de residuos y el Protocolo de gestión de residuos de
construcción y demolición en la UE.
2.º Los operadores limitan la generación de residuos en los procesos relacionados
con la construcción y la demolición, de conformidad con el Protocolo de gestión de
residuos de construcción y demolición en la UE, teniendo en cuenta las mejores técnicas
disponibles y utilizando la demolición selectiva para permitir la eliminación y la
manipulación segura de sustancias peligrosas y facilitar la reutilización y el reciclado de
alta calidad mediante la eliminación selectiva de materiales, utilizando los sistemas de
clasificación disponibles para los residuos de la construcción y la demolición.