III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2023-26155)
Orden ITU/1374/2023, de 22 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a participantes directos y asociados en el Proyecto Importante de Interés Común Europeo de Microelectrónica y Tecnologías de la Comunicación (IPCEI ME/CT), y se procede a la convocatoria anticipada del año 2024, para participantes directos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 23 de diciembre de 2023

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b) En el caso de las convocatorias imputables a la inversión 4 del componente 12
(C12.I4), al cumplimiento, ejecución y realización de los objetivos número 444 y 445
asimismo recogidos en su anexo.
2. Los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones generales que establece el
artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y, en particular, realizar las
actividades subvencionables con el alcance que se determine en la orden de concesión.
3. Adicionalmente a lo establecido en el apartado anterior, serán obligaciones de
los beneficiarios:
a) Aceptar la subvención concedida en los términos que se establezcan en la orden
de concesión.
b) Estar al corriente de pago de las obligaciones de rembolso de cualesquiera otros
préstamos o anticipos anteriormente concedidos con cargo a los Presupuestos
Generales del Estado.
c) Realizar las actuaciones objeto de subvención, conforme a la documentación
presentada con la solicitud de subvención indicada en el artículo 12 de esta orden, que
tiene carácter vinculante, y a lo establecido en la orden de concesión y sus eventuales
modificaciones.
d) Demostrar el desarrollo de las actuaciones objeto de la ayuda.
e) Demostrar el empleo dado a los fondos recibidos que permitan establecer una
relación indubitada entre los gastos imputados y los objetivos alcanzado.
f) Cumplir con las obligaciones de publicidad que se establecen en el artículo 19 de
esta orden, así como aquellas que se determinen en la orden de concesión.
g) Si fuera necesario realizar nuevas contrataciones de personal, conforme a la
normativa que resulte de aplicación, y sin que en ningún caso pueda deducirse la
existencia de una relación laboral entre la Administración General del Estado y el
personal adscrito a la gestión de las Propuestas de Actividades subvencionables, tener
en cuenta criterios de creación neta de empleo en España, subcontratación a empresas
que generen empleo en nuestro país o en la Unión Europea, cohesión territorial
consistente en que la actividad y el empleo se genere en ciudades pequeñas o pueblos,
fuera de las ciudades o zonas industriales, y de igualdad de género, debiendo tener
especialmente en cuenta a pymes, micropymes, autónomos y startups.
En particular, los beneficiarios están obligados a crear en España todo el empleo
necesario para la realización de las actividades objeto de la subvención, que se realizarán
con personal contratado y afiliado a la Seguridad Social en el territorio nacional.
4. Los beneficiarios deberán cumplir, además, con las obligaciones, europeas y
nacionales aplicables al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. A tal efecto, deberán
atenerse a lo siguiente:
a) Someterse a las actuaciones de control de las instituciones de la Unión, en virtud
del artículo 22.2.e) del Reglamento (UE) n.º 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo de 12 de febrero.
b) Recabar y asegurar el acceso a las categorías armonizadas de datos
contempladas en el artículo 22.2.d) del Reglamento (UE) n.º 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 12 de febrero, a efectos de auditoría y control y para disponer
de datos comparables sobre el uso de fondos en relación con las medidas destinadas a
la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del Plan de Recuperación
y Resiliencia.
En particular, quedan sujetos a la obligación de recabar la siguiente información en
relación con la identificación de los contratistas y subcontratistas:
1.º NIF, nombre o razón social y domicilio fiscal del contratista o subcontratista.
2.º Aceptación de la cesión de datos entre las administraciones públicas implicadas
para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de

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