I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2023-26100)
Acuerdo suscrito entre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del Reino de España y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) para la realización de proyectos en las áreas temáticas de reasentamiento, retorno voluntario asistido y reintegración, movilidad laboral e inclusión social, hecho en Madrid el 13 y 14 de noviembre de 2023.
72 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 23 de diciembre de 2023

Sec. I. Pág. 170250

c) Anexo C, documentos de proyecto y presupuestos para los proyectos en el área
temática de movilidad laboral e inclusión social.
i. Anexo C.1 Matriz III: potenciando el valor de las asociaciones de migrantes en
España.
ii. Anexo C.2 Migrando Miradas III: comunicación ética sobre la migración en los
medios de comunicación.
iii. Anexo C.3 MICCA II: apoyo a las autoridades españolas en la implementación
de programas de migración circular.
2.

Contribución

2.1 El Donante se compromete a aportar ayuda financiera para la realización de los
proyectos en las áreas temáticas de reasentamiento, retorno voluntario asistido y
reintegración, movilidad laboral e inclusión social descritos en la cláusula 1.3 (los
«Proyectos») por un valor total de EUR 4.000.000,00 (cuatro millones de euros) (la
«Contribución»).
2.2 La OIM utilizará la Contribución para financiar los costos de los Proyectos en
las áreas temáticas, de conformidad con los montos indicados a continuación y los
documentos de proyecto y presupuestos que la OIM desarrolló para cada proyecto:
a) Área temática de reasentamiento: EUR 1.800.000,00 (un millón ochocientos mil
euros).
b) Área temática de retorno voluntario asistido y reintegración: EUR 1.700.000,00
(un millón setecientos mil euros).
c) Área temática de movilidad laboral e inclusión social: EUR 500.000,00
(quinientos mil euros).
i. Matriz III: potenciando el valor de las asociaciones de migrantes en España
EUR 200.000,00 (doscientos mil euros).
ii. Migrando Miradas III: comunicación ética sobre la migración en los medios de
comunicación EUR 150.000,00 (ciento cincuenta mil euros).
iii. MICCA II: apoyo a las autoridades españolas en la implementación de
programas de migración circular EUR 150.000,00 (ciento cincuenta mil euros).
La Contribución deberá incluir el cargo de operación de proyectos obligatorio de la
OIM de 7 %, tal y como fue aprobado por los Estados miembros de la OIM a través de
Resolución del Consejo.
2.3 El Donante abonará la Contribución a través de un solo desembolso, en euros
(EUR), según lo indica la cláusula 2.1, a la cuenta bancaria que se indica a continuación,
dentro de los 15 (quince) días siguientes a la fecha de firma del presente Acuerdo,
indicando el número de referencia de la OIM indicado en la cláusula 2.4 del presente
Acuerdo, para facilitar el registro de la Contribución en las cuentas de la OIM:
Entidad bancaria: Banco Santander.
Dirección: Rodríguez San Pedro, 8, 28015 Madrid.
Titular: OIM España.
Número de cuenta bancaria: ES1300495974132793101278.
Código SWIFT: BSCHESMMXXX.
2.4 El Donante notificará a la OIM por correo electrónico en revenue@iom.int y
jherrera@iom.int de lo siguiente: a) la suma transferida; b) la fecha efectiva de la
transferencia y; c) que el remitente de la transferencia es el Donante de conformidad con
el presente Acuerdo incluyendo el siguiente número de referencia: ES/C/2023/010.
2.5 Si el pago de la Contribución es realizado o si la misma Contribución es
confirmada en una moneda diferente a la Moneda de los Proyectos, el valor de
la Contribución en la moneda de los Proyectos será determinado por la tasa operacional

cve: BOE-A-2023-26100
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 306