I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2023-26100)
Acuerdo suscrito entre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del Reino de España y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) para la realización de proyectos en las áreas temáticas de reasentamiento, retorno voluntario asistido y reintegración, movilidad laboral e inclusión social, hecho en Madrid el 13 y 14 de noviembre de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306
Sábado 23 de diciembre de 2023
Sec. I. Pág. 170249
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
26100
Acuerdo suscrito entre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones del Reino de España y la Organización Internacional para las
Migraciones (OIM) para la realización de proyectos en las áreas temáticas de
reasentamiento, retorno voluntario asistido y reintegración, movilidad laboral
e inclusión social, hecho en Madrid el 13 y 14 de noviembre de 2023.
Acuerdo suscrito entre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
del Reino de España y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM)
para la realización de proyectos en las áreas temáticas de reasentamiento,
retorno voluntario asistido y reintegración, movilidad laboral e inclusión social
El presente Acuerdo (el «Acuerdo») se establece entre el Ministerio de Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones (en adelante, «el Donante»), paseo de la Castellana, 63,
28071 Madrid, representado por don José Luis Escrivá Belmonte, Ministro de Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones, y la Organización Internacional para las Migraciones (en
adelante, «la OIM»), una organización que forma parte del sistema de las Naciones
Unidas, calle Fernando el Católico, 10, 1.º B, 28015 Madrid, representada por doña
María Jesús Herrera Ceballos, Jefa de Misión de la OIM en España. La OIM y el
Donante también se denominarán individualmente como una «Parte» y conjuntamente
como las «Partes».
1. Introducción y documentos constitutivos del Acuerdo
a) Anexo A, documento de proyecto y presupuesto para el proyecto en el área
temática de reasentamiento denominado Apoyo a la ejecución del programa de
reasentamiento en España para el año 2024 y de la ampliación del programa nacional de
reasentamiento para 2023.
b) Anexo B, documento de proyecto y presupuesto para el proyecto en el área
temática de retorno voluntario asistido y reintegración denominado Proyecto de retorno
voluntario asistido y reintegración.
cve: BOE-A-2023-26100
Verificable en https://www.boe.es
1.1 El Donante se compromete a prestar apoyo financiero a la OIM para la
realización de proyectos que se enmarcan en las áreas temáticas de reasentamiento,
retorno voluntario asistido y reintegración, movilidad laboral e inclusión social, de
conformidad con las condiciones establecidas en el presente Acuerdo y en sus anexos.
1.2 Podrán introducirse, de mutuo acuerdo entre las Partes, modificaciones y
ajustes en relación con las actividades y términos de cada uno de los proyectos, siempre
y cuando dichas modificaciones respeten el importe máximo de la contribución
establecida en el apartado 2.1 del presente Acuerdo.
Por parte del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el órgano
competente para autorizar las modificaciones previstas en este apartado y en el
apartado 4.4 del presente Acuerdo, será el titular de la Dirección General de Gestión del
Sistema de Acogida de Protección Internacional y Temporal.
1.3 Los documentos en formato OIM, que se enumeran a continuación, forman
parte del presente Acuerdo:
Núm. 306
Sábado 23 de diciembre de 2023
Sec. I. Pág. 170249
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
26100
Acuerdo suscrito entre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones del Reino de España y la Organización Internacional para las
Migraciones (OIM) para la realización de proyectos en las áreas temáticas de
reasentamiento, retorno voluntario asistido y reintegración, movilidad laboral
e inclusión social, hecho en Madrid el 13 y 14 de noviembre de 2023.
Acuerdo suscrito entre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
del Reino de España y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM)
para la realización de proyectos en las áreas temáticas de reasentamiento,
retorno voluntario asistido y reintegración, movilidad laboral e inclusión social
El presente Acuerdo (el «Acuerdo») se establece entre el Ministerio de Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones (en adelante, «el Donante»), paseo de la Castellana, 63,
28071 Madrid, representado por don José Luis Escrivá Belmonte, Ministro de Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones, y la Organización Internacional para las Migraciones (en
adelante, «la OIM»), una organización que forma parte del sistema de las Naciones
Unidas, calle Fernando el Católico, 10, 1.º B, 28015 Madrid, representada por doña
María Jesús Herrera Ceballos, Jefa de Misión de la OIM en España. La OIM y el
Donante también se denominarán individualmente como una «Parte» y conjuntamente
como las «Partes».
1. Introducción y documentos constitutivos del Acuerdo
a) Anexo A, documento de proyecto y presupuesto para el proyecto en el área
temática de reasentamiento denominado Apoyo a la ejecución del programa de
reasentamiento en España para el año 2024 y de la ampliación del programa nacional de
reasentamiento para 2023.
b) Anexo B, documento de proyecto y presupuesto para el proyecto en el área
temática de retorno voluntario asistido y reintegración denominado Proyecto de retorno
voluntario asistido y reintegración.
cve: BOE-A-2023-26100
Verificable en https://www.boe.es
1.1 El Donante se compromete a prestar apoyo financiero a la OIM para la
realización de proyectos que se enmarcan en las áreas temáticas de reasentamiento,
retorno voluntario asistido y reintegración, movilidad laboral e inclusión social, de
conformidad con las condiciones establecidas en el presente Acuerdo y en sus anexos.
1.2 Podrán introducirse, de mutuo acuerdo entre las Partes, modificaciones y
ajustes en relación con las actividades y términos de cada uno de los proyectos, siempre
y cuando dichas modificaciones respeten el importe máximo de la contribución
establecida en el apartado 2.1 del presente Acuerdo.
Por parte del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el órgano
competente para autorizar las modificaciones previstas en este apartado y en el
apartado 4.4 del presente Acuerdo, será el titular de la Dirección General de Gestión del
Sistema de Acogida de Protección Internacional y Temporal.
1.3 Los documentos en formato OIM, que se enumeran a continuación, forman
parte del presente Acuerdo: