III. Otras disposiciones. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Tribunal Supremo. (BOE-A-2023-26071)
Acuerdo de 29 de noviembre de 2023, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de 13 de noviembre de 2023, de la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, relativo a la composición y funcionamiento de las salas y secciones del Tribunal Supremo y asignación de ponencias para el año judicial 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 22 de diciembre de 2023

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6.º) La decisión sobre los recursos de queja (artículo 189 LRJS) correrá a cargo de
un Tribunal integrado por tres miembros de la Sala Cuarta, bajo la presidencia de quien
posea mayor antigüedad.
7.º) La deliberación y fallo de los Autos que ponen fin a cualquier recurso
casacional (artículos 213.1; 213.5; 225.1; 225.5 LRJS) se llevará a cabo por la Sala
Cuarta con la misma composición que en el número anterior.
8.º) Toda cuestión incidental sobre la tramitación de los recursos o procedimientos
conocidos por la Sala Cuarta y que exceda de la competencia de quien sea su Ponente
correrá a cargo de la Sección de admisión a que pertenezca el mismo.
9.º) Para resolver sobre la abstención o recusación de cualquiera de sus
integrantes (artículo 217 ss LOPJ) la Sala estará formada por tres miembros, sin
presencia del afectado ni de quien haya actuado como instructor.
10.º) Salvo que la Ley disponga otra cosa, en cualquier otro asunto la Sala estará
compuesta por tres Magistrados (artículo 196 LOPJ)
Segunda. Durante el año 2024 la Sala Cuarta celebrará al menos diez sesiones de
Pleno ordinario, según calendario fijado por su Presidencia a finales de 2023.
Serán deliberados en Pleno aquellos asuntos especialmente trascendentes (por su
carácter masivo o novedad), así como los que puedan comportar un cambio de doctrina.
Ello, sin perjuicio de que cualquier asunto pueda ser trasladado al Pleno cuando así
lo acuerde la Presidencia de la Sala o la mayoría de sus integrantes (artículo 197 LOPJ).
Tercera. Sin perjuicio de la norma Cuarta, durante el año 2024 la Sala Cuarta
seguirá funcionando sin Secciones Orgánicas. Para la deliberación ordinaria (con tres o
cuatro integrantes), siempre que sea posible, se formarán dos Salas de composición
variable.
Mientras la Sala Cuarta no posea el número de miembros que permita el desarrollo
simultáneo de deliberaciones, la Presidencia arbitrará el modo de organizarlas.
Cuarta. Aunque la Sala Cuarta no está dividida en Secciones de composición fija
para la deliberación de las sentencias, sucede de otro modo respecto de la "Sección de
admisiones" (artículo 225.6 LTRJS), "Sección de admisión" (artículo 225.bis.1 LRJS) o
"Secciones de Admisión" (Acuerdo de la Comisión Permanente del CGPJ 19
febrero 1997, BOE 27 febrero 1997).
Durante 2024 la Sala Cuarta actuará con dos Secciones de admisión a fin de ejercer
las funciones que la LRJS atribuye al Tribunal en orden a esa importante facultad. Si el
número de Magistrados aumenta lo suficiente, la Presidencia arbitrará la puesta en
funcionamiento de otra u otras.
Tomando en cuenta la situación existente en el momento de aprobarse estas normas
de funcionamiento, la composición de las dos Secciones queda así:
Sección Primera: D. Ángel Blasco Pellicer (Presidente), D.ª M.ª Luz García Paredes y
D. Juan Molins García-Atance.
Sección Segunda: D. Sebastián Moralo Gallego (Presidente), D.ª Concepción
Rosario Ureste García y D. lgnacio García-Perrote Escartín.
Todos los Magistrados/as que componen la Sala forman parte de alguna de dichas
"Secciones de Admisión" Su adscripción perdura todo el año, salvo que concurran
circunstancias relevantes (vacantes, nuevos nombramientos) que, a juicio de la
Presidencia, aconsejen una remodelación.
La Presidencia de la Sala actúa en apoyo de la sección o secciones que entiende
oportuno, según lo aconsejen las circunstancias de cada momento. Además, se reúne
periódicamente con quienes las presiden a fin de procurar la homogeneidad de criterios.
Quinta. Las ponencias se turnan a los Magistrados/as por riguroso orden de ingreso
del recurso o procedimiento.
La Presidencia, de acuerdo con la Secretaría, procurará que se sigan turnos diversos
en atención a la índole del procedimiento (casación, casación unificadora, impugnación

cve: BOE-A-2023-26071
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Núm. 305