III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-25958)
Resolución de 2 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo sectorial para las industrias de aguas de bebida envasadas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304

Jueves 21 de diciembre de 2023

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– Oficial de primera: Es la persona trabajadora que con iniciativa y responsabilidad
restringidas y con o sin otras personas trabajadoras a sus órdenes, tiene a su cargo en
particular las funciones de taquimecanografía, despacho de correspondencia y auxiliar
de Contable-cajero/a, llevando las cuentas corrientes de clientes y sosteniendo
correspondencia con la Dirección de la Empresa en el caso de ejercer su trabajo fuera
de la localidad donde ésta radique.
– Oficial de segunda: Es la persona trabajadora, mayor de veintiún años, que, con
iniciativa y responsabilidad restringida a la de su trabajo, auxilia al Oficial de primera en
sus trabajos de contabilidad si la importancia de la empresa así lo requiere y cuida de la
organización de archivos y ficheros y demás trabajos similares, y colaborará con la
redacción de facturas y cálculo de seguros sociales.
– Auxiliar: Son las personas trabajadoras que sin iniciativa y responsabilidad
resolutiva se dedican, dentro de la oficina, a operaciones elementales administrativas y
en general a las puramente mecánicas inherentes al trabajo de oficina. Tendrán esta
categoría los mecanógrafos/as.
2.3

Personal mercantil.

– Jefe/a de ventas: Es la persona trabajadora que habitualmente tiene a su cargo la
dirección y fiscalización de todas las operaciones de ventas, programando los itinerarios
de desplazamiento del personal a sus órdenes, así como la determinación de las
orientaciones o criterios conforme a los cuales deben realizarse, siguiendo las directrices
y previa aprobación, que reciba de la Dirección o Gerencia de la empresa.
El/La Jefe/a de ventas tendrá a sus órdenes directas al Inspector/a de ventas,
Viajantes y Corredores/as.
– Inspector/a de ventas: Es la persona trabajadora que, dependiendo del Jefe/a de
Ventas, si lo hubiere, o de la Dirección, en otro caso, lleve a cabo visitas, viajes,
comprobaciones, estadísticas, estudios, proyectos y demás actuaciones que se le
encomienden en orden al funcionamiento de la organización de las ventas de la empresa
sobre los diversos aspectos de la promoción comercial, publicidad y servicio de pedidos.
– Viajante: Es la persona trabajadora que, al servicio exclusivo de la empresa a cuya
plantilla pertenecen y en posesión de los conocimientos necesarios para su misión en
viajes de rutas previamente señaladas, ofrece las mercancías, toma nota de los pedidos,
informando de los mismos, transmite los encargos que recibe, cobra las facturas que se
les indica, rindiendo cuenta de su gestión en cada viaje ante sus superiores y debiendo
permanecer en las oficinas de la empresa, realizando trabajos relacionados con las
ventas cuando no se hallen en viaje.
– Corredor/a de plaza: Es la persona trabajadora que dentro de una determinada
localidad, y por cuenta exclusiva de la empresa, realiza las funciones asignadas al Viajante.
2.4

Personal obrero.

– Capataz: Es la persona trabajadora que a las órdenes del Encargado/a general o
del Encargado/a de sección, si los hubiere en la empresa, tiene la misión de dirigir los
trabajos de un grupo de personas trabajadoras de embotellamiento de un departamento
o sección, distribuyendo el trabajo entre ellas y señalando la forma de desarrollarlo. Ha
de tener los conocimientos necesarios para interpretar las instrucciones que reciba de
sus superiores/as así como para realizarlas perfectamente y transmitirlas a sus
subordinados/as, siendo responsable del funcionamiento y disciplina del grupo.
– Operario/a de embotellado: Es el/la especialista dedicado/a a una o varias labores
del ciclo de embotellado. Constituyen las labores propias de estos/as operarios/as: el
lavado a mano o a máquina de las botellas; el embotellado manual o mecánico del agua;
cierre, etiquetado y enfundado de los recipientes; envasado y encajado; limpieza de

cve: BOE-A-2023-25958
Verificable en https://www.boe.es

a) Del ciclo de embotellado: integran este grupo las personas trabajadoras que
realizan las labores propias de los distintos procesos de embotellado y expedición
de agua.