III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-25956)
Resolución de 2 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Menzies Aviation Ibérica y Menzies Aviation Services.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304

Jueves 21 de diciembre de 2023

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presente convenio procederán a complementar dichas prestaciones de la siguiente
manera:
1) En los supuestos de Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional, el
trabajador/ trabajadora percibirá el complemento a las prestaciones del sistema de
Seguridad Social, en su caso, necesario para alcanzar el 100 % de los conceptos fijos
salariales desde el primer día. Queda expresamente incluido el accidente de trabajo in
itinere, cuyo tratamiento será el establecido en este apartado 1).
2) En los supuestos de Enfermedad Común y Accidente no Laboral, este
complemento hasta el citado 100 % de los conceptos fijos salariales se percibirá a partir
del día cien (100) de baja continuada, si bien se deberán considerar las siguientes
matizaciones.
Si durante el año inmediatamente anterior el/la trabajador/a no ha tenido más
de 2,5 % de absentismo se aplicará el siguiente complemento:
a) Del día 1.º al 3.º de cada proceso: Se complementará hasta el 70 % de los
conceptos salariales fijos.
b) Del día 4.º al 99.º de cada proceso: Se complementará hasta el 95 % de los
conceptos salariales fijos.
Tendrá la consideración de absentismo cualquier ausencia al puesto de trabajo sea o no
justificada, no teniendo tal consideración los permisos retribuidos contenidos en el presente
Convenio ni los permisos por maternidad y paternidad previstos en la legislación vigente.
CAPÍTULO XII
Formación
Artículo 85.

Formación.

Menzies Aviation Ibérica y Menzies Aviation Services fomentarán el desarrollo y la
promoción profesional de su personal a través de la formación que debe ser considerada
como una necesidad.
A tal efecto, elaborará planes de formación que estarán vinculados a la planificación
integral de sus recursos humanos.
De conformidad con el acuerdo suscrito entre empresa y la representación legal de
los trabajadores del año 2019, la comisión de formación estará constituida por un
miembro de cada sindicato con capacidad para negociar el convenio y la representación
legal de la empresa.
Artículo 86.

Cursos de formación.

1. Son cursos de promoción profesional aquellos cuya finalidad básica es el
desarrollo profesional del personal adscrito a Menzies Aviation Ibérica y Menzies Aviation
Services. Tendrán carácter voluntario y habrán de ser superados para poder ser
ponderados a efectos de promoción profesional y provisión de puestos.
2. Son cursos de adaptación profesional aquellos cuya necesidad está originada
por innovaciones tecnológicas, modificaciones de proceso, normas o procedimientos,
alteración del contenido de los puestos de trabajo u otras circunstancias que exijan
reciclaje o adaptación a los puestos de trabajo. Se podrán tener en cuenta a efectos de
provisión de puestos de las mismas características.
– La información y formación de los trabajadores/trabajadoras.
– La prestación de los primeros auxilios y planes de emergencia.

cve: BOE-A-2023-25956
Verificable en https://www.boe.es

La formación que imparta Menzies Aviation Ibérica y Menzies Aviation Services, bien
directamente o bien a través de otras organizaciones públicas o privadas, se articulará a
través de dos (2) modalidades de cursos: de promoción y de adaptación profesionales.